Diario de Ibiza

Diario de Ibiza

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Los barcos de las empresas de chárter no podrán fondear en s’Estany des Peix

El pleno del Consell aprueba hoy de forma inicial el reglamento de usos para los 285 puntos de fondeo

Vista aérea de s’Estany des Peix, en junio del año pasado.

Para obtener uno de los 285 amarres que se están instalando en s’Estany des Peix, el reglamento de usos aprobado ayer por la comisión de gobierno del Consell de Formentera, y que esta mañana aborda el pleno de la institución para su aprobación inicial, dará prioridad a las embarcaciones que hayan fondeado antes del 5 de julio de 2002, fecha en la que se aprobó el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de ses Salines.

Estas embarcaciones no podrán tener más de 10 metros de eslora y quedarán excluidas las matriculadas en la lista sexta, que son las dedicadas a los chárter náuticos. En cambio, se admitirán las de lista séptima, dedicadas al deporte o de recreo sin fines lucrativos y a la pesca no profesional. También habrá cabida para la lista octava, usada por los barcos de los organismos públicos.

Criterios de puntuación

Para ordenar la preferencia de las embarcaciones cuyos propietarios acrediten los requisitos, se establece una tabla de puntuación que valora «los barcos tradicionales; los de menor potencia de motor y propulsión más limpia; los de menor tamaño y hechos con materiales más sostenibles». Se puntuará más alto la experiencia acreditada como usuario de s’Estany y se valorará la procedencia de la matriculación.

Respecto a los precios, el reglamento recoge un cálculo estimativo de precio público en función de las esloras de las embarcaciones. El amarre de las embarcaciones de pequeña y media eslora, que son la gran mayoría, costará entre los 50 y los 135 euros al mes. Sobre estos precios públicos se han establecido una serie de bonificaciones a los usuarios jubilados, con un 40%; las familias numerosas, con un 30%; las embarcaciones de tipología tradicional, un 15%, así como las embarcaciones de cero emisiones contaminante, con un 25%. Las bonificaciones son acumulables. El plazo para presentar solicitudes será de treinta días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la aprobación inicial en el BOIB.

Compartir el artículo

stats