El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma concluye en una sentencia que la prueba psicotécnica por la que pasaron los aspirantes a seis plazas de la Policía Local que ofrecía el Consell de Formentera es «subjetiva y de escasa fiabilidad», por lo que «los resultados obtenidos no pueden servir por sí solos de referencia para excluir» a nadie.

Así, el juzgado estima parcialmente el recurso presentado por una persona que optaba a una plaza y que fue excluida por no superar esta prueba y obliga a la institución insular a retrotraer el proceso de selección al examen psicotécnico, pero «mediante la utilización de una metodología que permita la obtención de resultados científicamente fiables». El Consell ha recurrido la sentencia.

Otras sentencias han puesto patas arriba los ejercicios psicológicos en las oposiciones que convocan las administraciones en toda España, según publica El Confidencial, en referencia al recurso de un aspirante a bombero en la comunidad de Murcia que había sido excluido por no superar el examen psicotécnico.

En este caso, un juzgado de Murcia apunta que los aspirantes debían conocer con antelación (en las bases de la convocatoria) el perfil psicológico que debe tener un profesional que se dedica a la extinción de incendios para que pudieran prepararse. Además, se debía motivar las razones por las que una persona era declarada no apta para el puesto.

El caso de Formentera es distinto, ya que el juzgado considera que el método empleado «no es fiable». La persona que recurrió las oposiciones no superó la segunda prueba de la exploración psicotécnica consistente en responder la prueba (test o entrevista personal) con un profesional de la psicología. Primero, pidió la revisión del examen, pero el tribunal de las oposiciones no lo aceptó.

La aspirante aportó documentación para acreditar que su estado personal no se corresponde con el resultado de la prueba, pero no fue suficiente para el tribunal, que argumentó, tal como explicó a la recurrente, que el resultado del examen se extrae de las respuestas de «ese día y en esa prueba concreta, y si la misma se hubiera realizado en otro momento, el resultado podría haber sido el mismo, o no».

Precisamente, el juzgado se basa en esta afirmación para concluir que «difícilmente se compadece con el carácter científico de esa prueba, que, por definición, exige que la repetición en idénticas condiciones debería arrojar el mismo resultado».

En concreto, esta prueba estaba encaminada a determinar la existencia de «rasgos de la personalidad que puedan estar afectados de psicopatologías». «Y es obvio decirlo, éstas no pueden aparecer un día y desaparecer otro según el resultado de unos tests», apunta el fallo judicial, que agrega: «La exigencia de estabilidad en la obtención de resultados es un prurito imprescindible para la fiabilidad de cualquier test o cuestionario que pretenda lograr mediciones con carácter general».

Estudio más exhaustivo

Estudio más exhaustivo

La sentencia apunta que «el uso de dicho cuestionario, sin más acotaciones, excedía el ámbito de discrecionalidad técnica que se reconoce a los órganos de selección de personal, al alejarse de los principios generales que deben regir estos procesos, singularmente, la igualdad, el mérito y la capacidad».

En este caso concreto, el juzgado «llama la atención sobre el carácter negativo de las características de personalidad expuestas» en los escritos de demanda y contestación. Considera que estas consideraciones «necesariamente exigen un estudio mucho más pormenorizado y exhaustivo de la persona a que se refieren, salvo que se pretenda la obtención de resultados sesgados y de escasa fiabilidad». «Menos aún puede darse credibilidad a esas valoraciones si resulta que las mismas han sido extraídas de un test realizado en unos 30 ó 40 minutos, como es el caso», agrega.

La recurrente pretendía que el juzgado declarase su derecho a obtener una de las seis plazas, pero la sentencia apunta que debe ser el tribunal de las oposiciones y la propia Administración la que efectúa de nuevo la prueba que no superó.