La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJB) ha emitido una sentencia en la que desestima el recurso de súplica que interpuso el exbombero de Formentera Rubén Castellar, por un supuesto despedido improcedente, y anula la obligación del Consell de Formentera de pagar 10.143 euros por salarios pendientes como pretendía la sentencia de primera instancia anterior.

Castellar trabajó en el Consell de Formentera entre el 7 de marzo de 2016 y el 31 de enero de 2017, momento en el que comunicó su intención de dejar el servicio al jefe de bomberos tal y como este declaró ante el Tribunal y como recoge la sentencia.

A pesar de esta voluntad expresada el día que debía materializar su baja, el bombero se presentó en el lugar de trabajo con su abogada y un notario, simulando que él nunca había querido dejar de trabajar e interpuso la demanda.

El TSJB afirma que «se declara probado que el demandante comunicó a la entidad su voluntad de no renovar el contrato de trabajo, por lo que el contrato se extinguió por baja voluntaria y no por decisión unilateral».

La sentencia anula el pago de los 10.143 euros en concepto de salarios pendientes que se fijaba en la anterior sentencia. Aclara que «el salario del demandante es el pactado en el contrato de trabajo, no siendo aplicable el convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma», al ser aplicable el del Consell.

Este exbombero demandó al Consell por la aplicación del antiguo bolsín de 2014, caso que ganó. El Tribunal condenó al Consell al pago de una indemnización sin haber trabajado, ya que la sentencia estimaba que debería haber comenzado su servicio en Formentera en el verano de 2014 y no ingresó hasta marzo de 2016.