La propuesta del decreto de Ordenación del Transporte Marítimo de Balears, que desarrolla la Ley 11/2010, se basa en la declaración de la línea entre Ibiza y Formentera «de interés público y estratégico». En base a esa declaración, la Administración podrá regular esta línea fijando enlaces mínimos en forma de obligación de servicio público (OSP). Entre ellos, el de salida de la Savina entre las 6 horas y las 6.30 horas y a última hora con salida de Ibiza entre las 21.30 y las 22.30 horas.

Pero la propuesta, que acaba de salir a exposición pública, va más allá, y en el preámbulo aborda la duda que surge entre las navieras sobre la competencia que tiene la Administración autónoma para intervenir en un mercado regido por las leyes de la libre competencia.

Sobre este asunto, el decreto desarrolla el sistema de obligaciones de servicio público (OSP), así como el régimen de la licitación y adjudicación del contrato de obligación de servicio público en las líneas de interés estratégico en Balears. Además de la línea pitiusa, el decreto declara de interés estratégico y público las líneas Ibiza-Palma y Alcúdia y Ciutadella.

Para redactar este decreto se ha tenido en cuenta la normativa reguladora del régimen de contratación pública comunitaria y estatal, así como la normativa y jurisprudencia «en materia de derecho de la competencia y ayudas de Estado, tanto comunitaria como estatal». Y el texto concluye que «la libre prestación de servicios sólo puede limitarse mediante normas justificadas por razones imperiosas de interés general». En el ejercicio de sus competencias solo la Comunitat Autònoma puede limitar la libre prestación de servicios mediante sus propias normas «por razones imperiosas de interés general».

Así, el legislador entiende que «puede imponer obligaciones de servicio público, siempre que antes se acredite debidamente que slos servicios de transporte existentes (en cantidad y calidad) son insuficientes para satisfacer las necesidades esenciales de transporte de los pasajeros, sobre todo de los residentes insulares».

En cambio, en cuanto al régimen tarifario, se señala que «a la vista de la posición de las autoridades de competencia españolas y de acuerdo con la normativa vigente y la jurisprudencia comunitaria, no procede fijar régimen al respecto».

Una vez aprobado este decreto, previsto para el primer cuatrimestre de 2019, y si se mantiene en los mismos términos, si las navieras no cubren voluntariamente los enlaces de obligación de servicio público se verán sometidas a la intervención de la dirección general de Puertos y Aeropuertos del Govern, que las requerirá para ponerse de acuerdo. En caso de no hacerlo, el decreto permite intervenir para garantizar los enlaces que corresponden a una línea de interés estratégico, especialmente para el primer y último enlace durante todo el año.