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Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Si te cambian de turno puedes irte de tu trabajo y cobrar una indemnización"

El experto da las claves para defender tus derechos como trabajador y que la empresa no se aproveche de ti

Imagen de archivo de billetes de euros.

Imagen de archivo de billetes de euros. / Archivo

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Patricia Páramo

Cuando una empresa decide modificar tus condiciones laborales, no todo vale. Según explica el abogado laboralista Ignacio de la Calzada en su canal de Instagram, muchos trabajadores desconocen que algunos de estos cambios son lo que la ley considera modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, y que, por tanto, están reguladas en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Esto significa que no solo hay límites legales a lo que puede hacer la empresa, sino que también existen derechos muy claros que protegen al trabajador.

Modificación legal

Para que una modificación sustancial de las condiciones de trabajo sea legal, debe estar justificada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es decir, la empresa debe acreditar que el cambio se realiza para mejorar su competitividad o adaptarse a una nueva situación del mercado. Además, debe comunicarse al trabajador con un preaviso mínimo de 15 días y explicar claramente los motivos que lo justifican.

Si la empresa sigue correctamente el procedimiento legal para aplicar la modificación sustancial, el trabajador tiene dos opciones: aceptarla o extinguir voluntariamente su contrato con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades, según establece el artículo 41.3 del ET. Pero si la empresa no sigue el procedimiento, el trabajador puede presentar una demanda y un juez puede obligar a la empresa a devolverle sus condiciones anteriores.

Cambios en el horario o en el turno

Uno de los cambios más frecuentes es el de los turnos. Ignacio de la Calzada aclara que no es lo mismo cambiar de turno dentro de lo pactado en el contrato (por ejemplo, si ya estaba estipulado que el trabajador podía hacer turnos de mañana, tarde o noche) que cambiar de un turno fijo a uno partido, lo cual sí puede considerarse una modificación sustancial. En este último caso, la empresa tendría que justificar la decisión y seguir los pasos legales correspondientes.

Reducción del salario o eliminación de variables

El abogado insiste en que no se puede reducir el sueldo de un trabajador de forma unilateral. Si la empresa elimina variables o complementos sin justificación, se trata de una modificación sustancial ilegal. En este escenario, el trabajador puede reclamar para que se le restituyan esas cantidades o, si lo prefiere, marcharse de la empresa con indemnización. Lo mismo aplica a los incentivos, comisiones u otras retribuciones pactadas.

Cambios en las funciones o en el centro de trabajo

Otro punto importante es el cambio de funciones. Si se trata de una reubicación dentro del mismo grupo profesional, no suele considerarse una modificación sustancial. Pero si, por ejemplo, un encargado pasa a realizar funciones propias de un trabajador base, podría estar vulnerándose su contrato. En cuanto al traslado de centro de trabajo, si se hace de forma repentina y sin justificación, también puede ser ilegal y dar lugar a compensaciones.

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