Seguridad Social
Toreros, mineros o trapecistas: ¿Qué profesiones tienen ya reconocida la jubilación anticipada que reclaman los autobuseros?
Los trabajadores del transporte de viajeros urbanos e interurbanos van a la huelga para equipararse a otros colectivos, mientras la Seguridad Social ya está reformando el reglamento
Gabriel Ubieto
Los trabajadores del sector de transporte de viajeros urbanos e interurbanos están protagonizando este lunes su primer día de huelga en toda España para reclamar poder adherirse a la jubilación anticipada. Un derecho que precisa de la complicidad de las empresas del sector -que actualmente están en contra- y que ya tienen reconocidos otros profesionales de distinta índole. Desde mineros, hasta toreros, pasando por policías locales o bomberos, entre otros.
Este lunes estaban convocadas dos huelgas en el sector del transporte, si bien finalmente solo está teniendo lugar una de ellas. Mientras los sindicatos y las empresas del transporte de viajeros no se han conseguido poner de acuerdo, sí lo han logrado sus homólogos del transporte de mercancías por carretera.
Tras una reunión maratoniana el pasado jueves, los representantes de dicho gremio consensuaron iniciar el procedimiento para que se le reconozca a sus conductores de camiones y vehículos pesados el poder acogerse a los coeficientes reductores para anticipar su edad de jubilación. Anticiparla siempre sin recorte de pensión, pues el resto de profesiones, con una serie de limitaciones, también pueden jubilarse antes. Pero les queda menos prestación si deciden anticiparse.
Acceder a este régimen especial es un trámite farragoso, que solo tienen reconocidas unas pocas profesiones, aquellas más peligrosas, desgastantes y penosas para el cuerpo. Y que actualmente el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social está reformando, tal como pactó a finales de este pasado verano con patronal y sindicatos a nivel estatal.
Actualmente hay un total de 10 profesiones que tienen reconocido el derecho a acogerse a una jubilación anticipada. Este mecanismo permite adelantar la edad legal de retiro, que está fijada para el común de gremios en los 66 años y medio. Estas son las siguientes: Mineros, personal de vuelo de trabajos aéreos, trabajadores ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos, Mossos d’Esquadra , Ertzaintza, policías locales y policía foral de Navarra. Oficios eminentemente masculinizados.
Condiciones especiales
Algunos de estos tienen reconocidos unos coeficientes reductores que les permite avanzar su edad de jubilación en proporción al número de años que ya tengan cotizados, es decir, a más cotización, antes se pueden jubilar. Si bien nunca podrá ser antes de los 52 años de edad. Por otro lado, otros oficios tienen directamente reconocidas unas edades especiales de retiro. Por ejemplo, los matadores de toros, rejoneadores y novilleros pueden jubilarse a los 55 años siempre que hayan realizado un mínimo de "150 festejos", según especifica la Seguridad Social en sus bases. Otro caso particular es el de los cantantes, bailarines y trapecistas, que pueden acceder a una pensión a partir de los 60 años de edad si han trabajado en la especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 anteriores a la jubilación.
Al margen de la Seguridad Social hay otros colectivos que también tienen condiciones especiales de retiro. Es el caso de los maestros, siempre que hayan entrado a la Administración antes de 2011, que cotizan por lo que se denomina "clases pasivas" y pueden acceder al retiro a los 60 años. Siempre que cumplan una serie de requisitos, como acumular 30 años o más de servicio al Estado.
Volviendo a los trabajadores del sector privado, solo pueden acogerse al retiro anticipado, sin detrimento de su futura pensión, aquellos quienes trabajen en sectores donde se les haya reconocido dicha condición. Para activarla es preciso que las patronales y sindicatos más representativos del gremio presenten una solicitud conjunta a la Seguridad Social para que esta estudie su caso y decida si les permite acceder a este régimen especial.
Este paso, el de formalizar la solicitud conjunta, es donde no se han puesto de acuerdo –por el momento- las centrales y los empresarios del transporte de viajeros. Y es que entrar en ese régimen especial no sale gratis, ya que las empresas deben abonar una cotización adicional a las arcas de la Seguridad Social durante la vida laboral de los empleados, para compensar los años que estos dejarán de cotizar al final de sus carreras profesionales.
Reforma en fase de despliegue
Una vez los agentes sociales se ponen de acuerdo en pedir entrar en el 'club' de las jubilaciones anticipadas, luego tiene que autorizarlo la Seguridad Social. Un paso nada fácil, dado que hace una década que no se añaden nuevas profesiones a una lista limitada actualmente a 10. ¿En base a qué criterios el Gobierno considera que un oficio es lo suficientemente peligroso o penoso para tener un trato especial? Con el objetivo de modificar este trámite, haciéndolo más objetivo y restando discrecionalidad a la Seguridad Social, el Gobierno pactó a finales de julio una reforma con los agentes sociales.
Y esta ya está actualmente en audiencia pública –entró el pasado 23 de octubre y vence el plazo de aportaciones el próximo 4 de noviembre-, paso previo para su posterior implementación. En la agenda gubernamental está previsto que ya entre en vigor durante el primer semestre de 2025.
La reforma introducirá distintos cambios, el principal son esos indicadores objetivos para establecer en qué oficios se podrá dar y en cuáles no. Se medirá el número de incapacidades temporales por el total del colectivo, así como la duración media de los mismos y la gravedad. A mayor incidencia, más argumentada estará la inclusión de dicho oficio en el régimen especial. Aquí el reto de la reforma es llegar a colectivos que denuncian condiciones penosas desde hace tiempo, como las camareras de piso, pero que esa penosidad luego queda infraregistrada en las estadísticas laborales, ya que muchas dolencias se registran como patologías comunes.
Otra de las principales novedades es que el Gobierno ya no puede quedarse estudiando indefinidamente una petición de un sector para ser incluido, como ocurre ahora. A partir de la entrada en vigor de los cambios, la Seguridad Social tendrá seis meses para pronunciarse y decir ‘sí’ o ‘no’ a peticiones como las que cursarán las asociaciones de transportistas de mercancías.
Y otro cambio es que cada 10 años se realizará una revisión de los oficios que pueden acceder a la jubilación anticipada y se determinará si sus condiciones laborales siguen cumpliendo todos los requisitos para mantenerse en ese régimen especial. Si, por las razones que sean, la siniestralidad o toxicidad de la profesión ha disminuido, la Seguridad Social podrá optar por reintegrarlos al régimen general.
Según recoge la información presentada a audiencia pública, la Seguridad Social no prevé que las nuevas condiciones aumenten el gasto público. “El impacto presupuestario en este aspecto se prevé que será neutro, garantizándose el equilibrio financiero del sistema”, recoge el documento.
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