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Medidas anticrisis

El Banco de España podrá frenar los excesos en la concesión de hipotecas

El instituto emisor establece una norma para detectar y contener de antemano potenciales crisis inmobiliarias o de otros sectores concretos

El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, en la Comisión de Asuntos Económicos del Congreso, en una imagen de archivo.

El Banco de España podrá limitar la expansión del crédito hipotecario cuando haya indicios de una exposición excesiva. Así lo prevé la circular publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con la que se completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la directiva comunitaria y que aporta al instituto emisor herramientas para combatir posibles crisis inmobiliarias como la que restalló en 2008, tal como adelantó EL PERIÓDICO, diario que pertenece a este grupo, Prensa Ibérica.

Lo cierto es que España está lejos de sufrir una burbuja inmobiliaria ya que las entidades financieras han aumentado su solvencia y los créditos se conceden de forma mayoritariamente prudente, si bien los precios de los inmuebles comienzan a dar algunas señales incipientes de sobrevaloración (y apuntan a un problema social de acceso a la vivienda).

Pese a esta relativa estabilidad, el Banco de España, al frente del que está Pablo Hernández de Cos, ha optado por rearmarse para evitar que se vuelva a producir una situación como la de antes de 2008. La norma publicada este jueves pone en marcha un paquete de nuevas herramientas de actuación que el Gobierno aprobó en 2018 y 2019 y que se derivan de los cambios regulatorios impulsados a nivel global y europeo como consecuencia de la anterior crisis internacional.

El Banco de España podrá limitar el porcentaje máximo que la hipoteca puede financiar del valor o el precio del inmueble, la renta disponible máxima del cliente que puede ir destinada a pagar el crédito, y los plazos de vencimiento y de carencia del préstamo, entre otros requisitos. Tal como establece la exposición de motivos, la circular "permite que el Banco de España fije el colchón anticíclico sobre las exposiciones de las entidades frente a un determinado sector, además de sobre las exposiciones totales", coko puede hacer hasta ahora.

Este tipo de medidas surgen del planteamiento macroprudencial nacido tras la crisis financiera de 2008. Según se explicita en la propia circular, una de las principales lecciones extraídas de la anterior crisis que surgió del sector inmobiliario es que "es necesario que la regulación y la supervisión bancarias adopten una perspectiva macroprudencial que complemente el enfoque tradicional microprudencial".

En este sentido, "para salvaguardar la estabilidad financiera de un país no basta con garantizar la seguridad y la solidez de cada entidad financiera de forma individual, sino que también es necesario que el sistema financiero en su conjunto sea estable y resistente". Por ello el objetivo fundamental de la política macroprudencial es proteger la economía del riesgo sistémico y poder controlar también excesos en ámbitos concretos.

Pérdidas futuras

El Banco de España impone a los bancos que guarden una hucha de capital específica para afrontar las futuras pérdidas de sus hipotecas u otras carteras de créditos o activos (colchón anticíclico sectorial), así como límites máximos al peso de dichas carteras sobre el total de préstamos de las entidades. El organismo podrá activar una o varias de estas medidas a la vez, de forma individual o sectorial, y tanto para créditos a particulares como a empresas.

Este mecanismo se podrá activar cuando, por ejemplo, se observe un nivel de sobrevaloración de los precios de la vivienda "que haga que las potenciales correcciones futuras reduzcan el valor del colateral por debajo del préstamo comprometido, cuando un acreditado no cuente con una situación patrimonial lo suficientemente saneada o cuando se aprecie que los indicadores de concesión de préstamos de un porcentaje significativo de la cartera crediticia alcanzan niveles preocupantes desde el punto de vista de la solvencia de una entidad o de un grupo de entidades".

Exposiciones a sectores concretos

Según la circular, "en ciertas ocasiones han sido las exposiciones a sectores concretos las que han concentrado la mayor parte de los riesgos sistémicos. Este fue el caso del sector inmobiliario español en la pasada crisis financiera, pero existen otros ejemplos a escala internacional". Ante este tipo de crisis "activar herramientas macroprudenciales agregadas podría tener efectos contraproducentes. En concreto, si el crecimiento del crédito es excesivo en un solo sector, un aumento de los requerimientos de capital para todas las exposiciones podría llevar a que las entidades incrementaran aún más su exposición a ese sector, ya que esa herramienta no permite alterar el coste relativo en términos de capital regulatorio de la concesión de crédito al sector para que refleje el mayor riesgo sistémico que lleva aparejado".

En cambio, si la medida afecta a un sector o a un grupo determinado de sectores, "aumenta el coste relativo del crédito a esos sectores, lo que altera las rentabilidades relativas de las distintas carteras en contra del sector o sectores que están generando el riesgo sistémico".

Estas herramientas se suman a otras que ya se aprobaron en los últimos años, particularmente el colchón de capital anticíclico general. Se trata de la posibilidad de obligar a las entidades a reservar una hucha de solvencia no asignada a ningún sector productivo concreto cuando se detecta que la economía está acumulando desequilibrios globales (en España no se ha activado desde su creación).

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