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El Govern activa las ayudas de 10.000 euros para que los menores de 40 años compren su primera vivienda en Baleares: quién puede pedirlas, requisitos y cómo solicitarlas

El Ejecutivo abre este viernes el plazo de la nueva convocatoria dotada con seis millones de euros que permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre de 2027

Dos personas observan los anuncios de viviendas en venta en una inmobiliaria en Palma.

Dos personas observan los anuncios de viviendas en venta en una inmobiliaria en Palma. / Tomàs Moyà - Europa Press - Archivo

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Palma

Los menores de 40 años de Baleares podrán solicitar a partir del próximo viernes, 17 de julio, una ayuda directa de 10.000 euros para comprar su primera vivienda. El Govern ha aprobado una convocatoria dotada con seis millones de euros que permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre de 2027, aunque las ayudas se concederán únicamente mientras exista disponibilidad presupuestaria. La concesión se realizará por orden de entrada de las solicitudes y toda la información de esta línea de ayudas puede consultarse en la página adquisiciohabitatge.caib.es.

La nueva línea de subvenciones pretende facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes residentes en las Islas y forma parte del paquete de medidas impulsado por la Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad, que también incluye las rebajas fiscales en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como el programa Nova Hipoteca Jove del IBAVI para avalar parte de la entrada de la hipoteca.

Las ayudas podrán solicitarse tanto por quienes ya hayan comprado una vivienda como por quienes estén inmersos en el proceso de adquisición, siempre que la compraventa se haya realizado a partir del 1 de enero de 2026. También podrán beneficiarse quienes adquieran una vivienda en construcción, siempre que cuente con licencia de obras y el inicio de la construcción esté formalizado.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

La convocatoria está dirigida a personas que tengan hasta 40 años, incluidos, en el momento de presentar la solicitud. Además, deberán acreditar que han residido en Baleares durante, al menos, los cinco años continuados inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Uno de los requisitos fundamentales es que la vivienda adquirida se convierta en la residencia habitual y permanente del beneficiario durante un periodo mínimo de cinco años, con el objetivo de evitar que estas ayudas terminen destinándose a segundas residencias o inversiones inmobiliarias. Asimismo, los solicitantes no podrán ser propietarios de otra vivienda en España, mientras que el precio máximo de compra del inmueble no podrá superar los 382.000 euros.

Límites de ingresos

La convocatoria también establece límites económicos para acceder a la subvención. Con carácter general, podrán beneficiarse quienes tengan unos ingresos iguales o inferiores a 6,5 veces el IPREM, lo que equivale actualmente a 54.600 euros anuales. Ese límite aumenta hasta las 7 veces el IPREM (58.800 euros) para familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad y víctimas del terrorismo.

El umbral asciende hasta 7,5 veces el IPREM (63.000 euros) en el caso de familias numerosas de categoría especial, víctimas de violencia de género y personas con un grado de discapacidad superior al 33 %.

¿Cuánto dinero y cuándo se puede pedir?

La ayuda asciende a 10.000 euros por vivienda. Cuando el inmueble pertenezca a dos compradores, el importe se repartirá de forma proporcional según el porcentaje de propiedad de cada uno. La convocatoria limita la cotitularidad subvencionable a un máximo de dos personas.

El plazo comenzará el 17 de julio de 2026 y permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2027, aunque finalizará antes si se agota el crédito presupuestario. Las ayudas cubren las compraventas formalizadas entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. El presupuesto global asciende a seis millones de euros, distribuidos en tres anualidades: un millón en 2026, tres millones en 2027 y dos millones en 2028.

¿Dónde se presentan y qué necesitas?

Las solicitudes podrán presentarse de dos formas: telemáticamente, a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, o presencialmente, en cualquiera de los registros públicos habilitados conforme a la Ley 39/2015.

Los solicitantes deberán presentar, entre otra documentación: la solicitud debidamente cumplimentada y firmada; una declaración responsable acreditando el cumplimiento de todos los requisitos; el contrato privado de compraventa o la escritura pública; el certificado de empadronamiento que demuestre la residencia en Baleares durante los cinco años anteriores; el certificado de empadronamiento en la vivienda adquirida y justificantes bancarios del pago de la compraventa.

¿Qué ocurre si todavía no se dispone de la escritura?

La convocatoria contempla esta posibilidad. Quienes todavía no dispongan de la escritura pública podrán presentar inicialmente el contrato privado de compraventa y aportar la escritura en el plazo máximo de tres meses desde la concesión de la ayuda. De la misma manera, si la vivienda aún no ha sido entregada, el certificado de empadronamiento en el inmueble podrá presentarse dentro de los tres meses siguientes a la entrega de la vivienda.

Una de las novedades es que las ayudas no se limitan a viviendas ya terminadas. También podrán solicitarse para viviendas en construcción, siempre que dispongan de la licencia correspondiente y el acta de inicio de las obras esté formalizada.

La subvención directa forma parte de un conjunto más amplio de medidas diseñado por el Govern para facilitar el acceso a la vivienda. Además de los 10.000 euros, los compradores pueden beneficiarse de las bonificaciones fiscales en el ITP; las reducciones en Actos Jurídicos Documentados y el programa Nova Hipoteca Jove del IBAVI, mediante el que la Administración avala parte de la entrada necesaria para acceder a un préstamo hipotecario.

El ejemplo del Govern: una compra de 290.000 euros

La Conselleria ilustra el funcionamiento de estas ayudas con el supuesto de una pareja que compra una vivienda de 290.000 euros, un precio que, según el Govern, representa más del 60% de las viviendas plurifamiliares adquiridas durante 2025 por compradores españoles. En ese ejemplo, una pareja con ingresos medios en Baleares (27.000 euros brutos anuales por persona) podría acceder a diferentes niveles de apoyo público en función de la edad.

Para los menores de 30 años, el cálculo incluye: 10.000 euros de ayuda directa; 25.664,37 euros en bonificaciones fiscales y un aval hipotecario de 57.710 euros.

En conjunto, el Govern calcula un respaldo económico de 93.374,37 euros, cifra que ascendería hasta 94.317,18 euros si se trata de una vivienda de precio limitado. En el caso de compradores menores de 36 años, el apoyo total sería de 86.620,58 euros, o 90.940,30 euros en viviendas de precio limitado.

Por último, para jóvenes de entre 36 y 40 años, la ayuda conjunta alcanzaría los 79.866,81 euros, que podrían elevarse hasta 87.563,41 euros en el caso de viviendas protegidas o de precio limitado.

Según la Conselleria, en estas viviendas de precio limitado el apoyo efectivo es aún mayor porque sus precios se sitúan, de media, entre un 29 % y un 47 % por debajo del valor de mercado de las viviendas libres.

Una convocatoria dirigida a facilitar el acceso a la vivienda

Con esta nueva línea de ayudas, el Govern pretende reforzar las medidas de apoyo a la compra de vivienda para jóvenes residentes en Baleares mediante una combinación de subvenciones directas, incentivos fiscales y avales hipotecarios. La convocatoria estará abierta desde el 17 de julio y permitirá solicitar las ayudas para todas las compraventas realizadas desde el 1 de enero de 2026, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y exista crédito presupuestario disponible.

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