Palma multará con 1.500 euros a quienes utilicen las autocaravanas como residencias

El Ayuntamiento inicia la tramitación de la nueva ordenanza cívica que regula comportamientos incívicos relacionados con patinetes, pintadas, consumo de alcohol en la calle rótulos, trile o límites a los grupos de turistas

Caravanas aparcadas en Son Gual.

Caravanas aparcadas en Son Gual. / Manu Mielniezuk

Jaume Bauzá

La nueva ordenanza cívica ha iniciado su tramitación con su aprobación inicial en la Junta de Govern del Ayuntamiento de Palma. El documento regula un amplio abanico de comportamientos incívicos relacionados con patinetes, pintadas vandálicas, consumo de alcohol en la vía pública, rótulos, trile, al tiempo limitará los grupos de turistas con guía. Del mismo modo, confirma la prohibición de vivir en una autocaravana y fija multas de hasta 1.500 euros para quienes incumplan.

Los cambios y sanciones que incluye entrarán en vigor después de su aprobación definitiva en el pleno del mes de febrero. Esta mañana Cort ha dado luz verde a su tramitación y en breve se abrirá un plazo para que los grupos políticos aporten sus enmiendas.

La ordenanza cívica confirma la prohibición de utilizar las autocaravanas como vivienda. De este modo, peligran los asentamientos de autocaravanas ubicados en Son Gual, Son Hugo o es Carnatge, cada vez más nutridos por la emergencia habitacional que sufre Palma. El alcalde de Palma, Jaime Martínez, ha señalado que esas concentraciones no estarán permitidas.

"Cada caso es un mundo y tendremos que ver si están acampados o no, o si hay actitudes incívicas. La ordenanza tiene un objetivo y en Palma se vive en viviendas, no en caravanas", ha indicado.

Se prohíbe acampar en vehículos en todo el municipio, excepto en los lugares habilitados para tal fin. La ordenanza considera que un vehículo está acampado, y no estacionado, cuando despliega elementos que sobresalen de su perímetro como toldos, sillas o mesas. O cuando emite ruidos al exterior.

Diez días

Del mismo modo, las caravanas solo pueden permanecer en el mismo sitio un máximo de diez días, igual que cualquier vehículo convencional. Está prohibido utilizarlos como viviendas y las infracciones en este capítulo se consideran graves con sanciones entre 750 y 1.500 euros.

Si el incumplimiento lo comete una persona en situación de exclusión social la actuación de los agentes tendrá "un carácter asistencial", y se trasladará a los servicios sociales. En este sentido, las multas se podrán suspender si existe un informe de vulnerabilidad social.

El alcalde ha remarcado que si el vehículo se utiliza como vivienda y es inmovilizado, no se podrá acceder a su interior mientras durante su retirada de la vía pública excepto en casos excepcionales.

"Cuando se trata de la acampada con autocaravanas, caravanas o similares y la persona infractora no acredita la residencia legal en territorio español, el agente denunciante tiene que fijar provisionalmente la cuantía de la multa y si no se deposita el importe, se tiene que inmovilizar el vehículo o similar y, en su caso, retirar e ingresar al depósito municipal", detalla la ordenanza.

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