Publican las condiciones para pedir las ayudas de hasta 3.000 euros en Baleares para mejorar la eficiencia energética de las viviendas

Los particulares podrán presentar las solicitudes a partir del 27 de diciembre

Mar Ferragut

La conselleria de Movilidad y Vivienda ya ha hecho públicas las condiciones para optar a las ayudas para hacer obras de mejora de eficiencia energética en los hogares, financiadas con los fondos Next Generation de la Unión Europea para contribuir a la lucha contra la emergencia climática y también promover el ahorro de las familias.

En el caso de las ayudas a las mejoras en viviendas, las subvenciones pueden llegar hasta los 3.000 euros. Los interesados podrán presentar toda la documentación requerida y la solicitud a partir del día 27 de diciembre. Hay plazo hasta el día 1 de septiembre de 2023.

Las bases reguladoras de los Programas 3 y 4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se publicaron el pasado sábado en el BOIB. El Programa 3 se refiere a ayudas para intervenciones en edificios enteros (con especial atención a los de residencia colectiva) y el Programa 4 se centra en viviendas, ya sean unifamiliares o plurifamiliares.

Programa 4: mejoras en viviendas

En el caso del Programa 4, serán susceptibles de ayudas las actuaciones que supongan una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%. También se considerarán subvencionables las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica "para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire".

Para recibir la ayuda, el coste mínimo de la actuación tiene que ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda y el importe máximo de la ayuda será del 40% del coste total de la actuación, con un límite de 3.000 euros por vivienda. Las actuaciones objeto de subvención tienen que haber sido iniciadas después del 1 de febrero de 2020. Las viviendas tienen que constituir el domicilio habitual y permanente de propietarios, usufructuarios o arrendatarios, en el momento de solicitar la ayuda.

Programa 3: mejoras en edificios (incluyendo retirada de amianto)

El programa 3 se enfoca a actuaciones en edificios enteros y pueden solicitar la subvención comunidades de propietarios, o agrupaciones de comunidades de propietarios; propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en hilera y de edificios existentes de tipología residencial colectiva; empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten esta condición, que les otorgue la facultad expresa para realizar las obras de rehabilitación objeto del programa; y administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.

En este caso se subvencionan: las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial de vivienda, siempre que se obtenga una reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética; en edificios situados en las zonas climáticas C, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, además será necesario alcanzar una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda, de al menos 25 %; la retirada de amianto del edificio; y todas las obras (incluidas las de conservación, accesibilidad, etc.) que se ejecuten en el marco del proyecto de los edificios objeto de la actuación siempre que en el conjunto de las actuaciones se alcancen estos requisitos acreditados de eficiencia energética establecidos.

El importe de la subvención en el programa 3 depende de varios factores que han de consultarse en la tabla de ahorro energético publicada en el BOIB del día 2 de diciembre. En el caso de las viviendas, el máximo es de 18.800 euros mientras que en los locales comerciales la subvención máxima es de 168 euros por metro cuadrado. En las actuaciones de retirada de amianto del edificio se podrá incrementar la cuantía hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio objeto de rehabilitación. Asimismo, la convocatoria establece que cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio objeto de rehabilitación, la comunidad autónoma de Balears podrá, en expediente aparte y de forma exclusiva por el propietario o usufructuario afectado, conceder una ayuda adicional que podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usufructuario.

En total, la conselleria de Movilidad y Vivienda tiene previsto lanzar hasta seis programas de estas características, según anunció el pasado septiembre. Contando todos los programas, la Conselleria calcula que en 2026 unas 8.737 viviendas de Baleares habrán sido beneficiadas de estas ayudas. El Govern busca que al llegar al cuarto trimestre de 2023 alrededor de 4.000 viviendas cuenten ya con las subvenciones.