Derechos

Andalucía aprueba la primera norma de España que regula la muerte de los pacientes

La ley aprobada por el Parlamento regula la limitación del esfuerzo terapéutico, prohíbe el ensañamiento médico y permite a los enfermos rechazar un tratamiento que prolongue su vida de manera artificial

 20:53  
Vista general de la sala de plenos del Parlamento de Andalucía durante el debate de ayer.
Vista general de la sala de plenos del Parlamento de Andalucía durante el debate de ayer.  EFE

El Pleno del Parlamento de Andalucía aprobó ayer la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, una norma que contó, no obstante, con el rechazo parcial del grupo parlamentario popular a tres artículos de los 33 que conforman el nuevo cuerpo de ley. En concreto, los artículos que contaron con el rechazo de los 46 votos populares son los relativos a los deberes de los profesionales sanitarios que atienden al paciente ante el proceso de la muerte.

SEVILLA | EFE El pleno del Parlamento de Andalucía aprobó ayer la primera norma autonómica de España que regula los derechos del paciente durante la última etapa de su vida y las obligaciones de los médicos que les traten, tanto en centros públicos como privados.
Mientras que PSOE e IU respaldaron los 33 artículos de la normativa, el PP ha votado en contra de tres de ellos, ya que defiende que los profesionales puedan acogerse a la objeción de conciencia, el «respeto» a la libertad individual y pide una «clara» regulación de los comités de ética.
La denominada ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte regula la limitación del esfuerzo terapéutico, prohíbe el ensañamiento terapéutico y permite a los pacientes rechazar un tratamiento que prolongue su vida de manera artificial.
También da cobertura a la sedación paliativa para aliviar el sufrimiento de los enfermos aunque ello pueda «acortar su vida».
Solventa situaciones como la vivida por Inmaculada Echeverría en 2007, cuando la Orden Hospitalaria San Juan Dios pidió su traslado del Hospital San Rafael de Granada, dependiente de la citada orden religiosa y donde permaneció paralizada diez años la enferma con distrofia muscular, a otro centro público en el que se autorizó la desconexión de la ventilación mecánica que la mantenía con vida.
La consejera de Salud, María Jesús Montero, reconoció que este caso ha sido una de las inspiraciones de la norma, que calificó de «vanguardista, valiente y sensible».
Queda fuera del paraguas legal la eutanasia activa y el suicidio asistido, ya que la comunidad no tiene competencia para legislar esta materia tipificada como delito en el Código Penal.
Tampoco regula la objeción de conciencia de los médicos porque, según los juristas del Consejo Consultivo de Andalucía, debe ser una ley estatal la que lo haga.
«La ley traspasa nuestras fronteras y convierte a Andalucía en referente legislativo desde una posición respetuosa», señaló.
La ley, respaldada por el PSOE e IU, tiene como objetivo principal que prevalezcan los derechos del paciente a no recibir determinados tratamientos, así como al obligado cumplimiento de las garantías de estos enfermos por parte de cualquier institución sanitaria, ya sea pública o privada, incluso de raíz religiosa.
El texto también plasma que los profesionales sanitarios que atiendan al paciente en su fase terminal deberán respetar las decisiones que éste tome sin imponerle sus propias opiniones personales, morales, religiosas o fisiológicas.
Tal y como defendió la titular de Salud, la norma recoge el derecho de los pacientes que tengan que ser hospitalizados a una habitación individual durante su estancia, tanto en el ámbito público como en el privado, y a estar acompañados de sus familiares durante el proceso de la muerte.
Ana María Corredera (PP-A) expresó su «decepción» por «falta de diálogo y postura inflexible» de la Junta en el trámite parlamentario, y ha argumentado que hay «suficientes» instrumentos para ayudar a morir dignamente.

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