MADRID | OTR PRESS
La Seción Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado que la pitada que sufrió el Rey durante la interpretación del himno en la última final de Copa no tiene carácter delictivo aunque suponga «un comportamiento más que desagradable» y no sea «ejemplo ni de educación ni del civismo mínimo exigible». Así lo recoge un auto del que ha sido ponente la magistrada Teresa Palacios.
Este auto desestima el recurso de apelación presentado por la Fundación para la Defensa de la Nación Española (DENAES) contra una resolución dictada en julio por el juez Santiago Pedraz, quien no admitió a trámite una querella presentada por este colectivo al entender que la pitada al monarca estaba «amparada por la libertad de expresión».
DENAES solicitó a Pedraz que investigara a los responsables de Catalunya Acció y la Plataforma Pro- Selecciones Vascas (ESAIT) - que reivindican la oficialidad de las selecciones deportivas catalana y vasca , respectivamente-, al entender que organizaron la pitada que sufrió el rey el pasado 13 de mayo cuando acudió a la final de Copa que disputaron en el estadio Mestalla de Valencia el Athletic de Bilbao y de Barcelona. En un auto hecho público ayer las magistradas Teresa Palacios, Ángela Murillo y Carmen Paloma González sostienen que los querellados no adoptaron «una conducta injuriosa» ni cometieron los delitos de «ultraje a España».