FORMENTERA | C. C.
La empresa Plaza de Sant Ferran SL, promotora de los locales comerciales situados en parte de la finca de Ca ses Castellones, está estudiando presentar un recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears del pasado 4 de febrero, que declara nula la licencia de obras del edificio que han construido. El representante de la inmobiliaria, Vicent Tur, manifestó: «Estamos estudiando con los abogados la sentencia y seguramente recurriremos, aunque todavía no lo hemos decidido».
A última hora de ayer, Plaça de Sant Ferran emitía una nota de prensa en la que precisaba que «para la edificación del proyecto, la sociedad obtuvo todas las preceptivas autorizaciones y licencias de demolición y de construcción, tanto del Ayuntamiento como del Consell Insular de Eivissa y Formentera, licencias que se otorgaron con todos los informes técnicos favorables».
La empresa entiende que aplicando la normativa de 1996 sobre los BIC y la sentencia del TSJB, «la inmensa mayoría de licencias en los núcleos rurales de Eivissa y Formentera, declarados conjuntos históricos desde esa fecha, son nulas y tampoco se podrán otorgar más sin la normativa de protección de cada uno de dichos conjuntos». La nota de prensa cuestiona la legitimidad del demandante, el arquitecto Salvador Roig, para luego preguntarse: «¿Qué pasa con todos los proyectos del señor Salvador Roig que se encuentran dentro de dichos conjuntos, como las viviendas sociales construidas a 130 metros de la iglesia de Sant Francesc?, por favor no seamos hipócritas».
2 comentarios
Comentario enviado el día 17-02-2009 a las 10:48:13
Esto es parte del escrito de Plaça de Sant Ferran, S.L. no publicado, para aclarar los puntos que no se han tratado con toda la exactitud que les corresponde:
La sentencia del TSJB del pasado día 04, anula la licencia por interpretar y aplicar el art. 37, 2º de la LPHIB, el cual determina que ?En el caso de obras o intervenciones en un conjunto histórico, mientras no se apruebe definitivamente la normativa urbanística de protección a que hace referencia el art. 36 de esta ley, para la concesión de licencias, será necesaria la autorización de la Comisión Insular del Patrimonio Histórico, y en todo caso, no se permitirán alineaciones nuevas, alteraciones de la edificabilidad, parcelaciones ni agregaciones.?
Esto sería aplicable desde la publicación en el BOE del día 07.06.1996, de la resolución del C.I.E.F. para la declaración de BICs con la categoría de conjuntos histórico-artísticos de las iglesias y núcleos rurales de Ibiza y Formentera, con un radio de 250 m. desde el centro de cada una de las iglesias. Por lo que jurídicamente y aplicando dicha sentencia, sin la aprobación de la normativa urbanística de protección correspondiente a cada uno de dichos conjuntos. Afecta a la práctica totalidad de los núcleos urbanos de Sant Francesc, Sant Ferran y El Pilar, así como de Ibiza.
Las declaraciones vertidas por el arquitecto Salvador Roig, nos crean preguntas tales como; ¿qué pasa con todos los proyectos presentados y ejecutados por el Sr. Roig y que se encuentran dentro de dichos conjuntos, como por ejemplo, los edificios de viviendas sociales de Sant Francesc en Formentera, situados a 130 m de la Iglesia? ¿ó es que sus proyectos no alteran la edificabilidad?.
Y en lo que se refiere a la titularidad de la finca sobre la cual se ha edificado, y cuya antigüedad en Registro es de casi 40 años, manifestar que Plaça de Sant Ferran, S.L. es propietaria de la misma por título de compra, según consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Ibiza y Formentera.
Autor: Plaça de Sant Ferran, S.L.
Comentario enviado el día 17-02-2009 a las 10:18:25
Este es un tema de ejemplo. Nos sirve para ver como funciona la ley y la justicia en España, mal, muy mal.
El arquitecto Salvador Roig ve la viga en el ojo ajeno, ¿cuantas veces él ha incumplido la ley que impide construir entorno a los conjuntos historicos, muchas?.
Uno de los promotores de la inmobiliaria Plaza de San Fernando es nada menos que el juez Juan Yern "Jhonny des Moli" (aunque parezca, no estamos en el far west, ni es un personaje de la película El Juez de la Horca, es real) como se llama a esto: prevaricación, corrupción, tráfico de influencias, mitad y mitad.
España, ruina de pais, administración incapaz y los politicos en sus parlamentos, congresos y parlaments elaborando leyes y más leyes, ¿a quien las aplican? al más pringado, al último de la fila, a Usted o a mi.
Autor: Perejaume
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