La Demarcación de Costas de Baleares autorizó en julio de 2017 la instalación de un kiosco en Cap Negret, en la zona de la desaladora de Cala Gració, en Sant Antoni, por 2.831,10 euros anuales por un periodo de cuatro años. Antes de esta resolución, tanto el Ayuntamiento de esta localidad como la conselleria de Ordenación del Territorio informaron favorablemente esta concesión de la ocupación del dominio público marítimo terrestre.

Además, el Grupo Balear de Ornitología y Defensa de la Naturaleza (GOB) solicitó su denegación, pero sus alegaciones no fueron «tomadas en cuenta» por Costas para otorgar este permiso en es Cap Negre, que contará por primera vez con un chiringuito.

La autorización a la empresa Bambagas S.L. consiste en la instalación de «un kiosko-bar, un baño químico (cuya zona deberá estar adecuadamente balizada), una tarima de madera, una red de sombreo, once mesas y 38 sillas». En la resolución, a la que ha tenido acceso este diario, se especifica a la compañía que la concesión no implica la cesión del dominio público y que debe garantizar la protección y el «uso sostenible» del litoral.

En cuanto a las condiciones de la autorización, Demarcación de Costas (dependiente del Ministerio de Medio Ambiente) no permite a la empresa la construcción de obras de fábrica u otras fijas dentro de la zona de dominio público. Por tanto, las instalaciones tendrán que ser «fácilmente desmontables». Costas también remarca que el régimen de utilización será «el de servicio público usuario de la playa», por lo que están prohibidas «la publicidad a través de carteles o vallas por medios acústicos o audiovisuales» y «las acotaciones de paso público».

Además, la empresa deberá desmontar cada temporada las instalaciones autorizadas en los «periodos en los que no sean objeto de explotación, y, en todo caso, antes del 30 de octubre».

El otorgamiento de esta concesión no exime a su titular «de la obtención de otras autorizaciones legalmente procedentes».

En cuanto a las causas de caducidad «total o parcial de esta autorización», Costas indica la «alteración de los usos autorizados, el aumento de la ocupación autorizada en más de un 10 por ciento, el almacenamiento exterior de acopios, la instalación de conducciones aéreas, evacuar o verter aguas sucias y residuos sólidos, la instalación de fosas sépticas o depósitos no estancos, así como el incumplimiento de las condiciones» descritas anteriormente.

En caso de reincidencia en infracciones graves se podrá declarar la «inhabilitación para ser titular de autorizaciones y concesiones por un plazo de uno a tres años».