Los magistrados de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Madrid han condenado a cinco años de prisión a un hombre de nacionalidad brasileña que, según la sentencia, intentó viajar a Ibiza desde su país con dos kilos de cocaína pura. Fue sorprendido con la droga en la T4 del aeropuerto de Madrid cuando se disponía a embarcar en un vuelo rumbo a la isla.

El condenado, que tiene 24 años de edad y carece de antecedentes penales, explicó a los jueces que decidió hacer el viaje para conseguir el dinero necesario para poder costear el tratamiento que precisa su hijo, que nació prematuro con un peso de 930 gramos y cuya madre, de 19 años, trasmitió al pequeño una infección por el hongo cándida que causó múltiples problemas al niño.

Estos problemas, destaca la sentencia, exigieron la permanencia del bebé en la Unidad de Cuidados Intensivos de neonatales durante cuatro meses. El niño precisa medicación antibiótica de elevado coste que no se encuentra cubierta por la sanidad pública de Brasil, motivo por el que, según la defensa, el acusado intentó viajar con dos kilos de cocaína pura desde su país hasta Ibiza.

El hombre fue arrestado a su llegada a Madrid, a primera hora de la mañana del 11 de septiembre del año pasado.

Los agentes de la Guardia Civil encontraron ocultos en su maleta 2.583 gramos de cocaína en varios paquetes.

La droga, según los análisis realizados, tenía una riqueza media de 83,4 por ciento. Por tanto, el resultado final es de 2.058,89 gramos de cocaína pura.

En la sentencia se señala que el acusado iba a destinar dicha sustancia al tráfico ilícito en España, en concreto en Ibiza, que el valor de mercado de la droga ha sido tasado en su venta al por mayor por un total de 105.279,38 euros y que los agentes encontraron mil euros en poder del brasileño y que este dinero lo había recibido «por los gastos derivados del transporte de la cocaína».

Los magistrados rechazaron la petición de la defensa de que se considere como eximente la necesidad del acusado, derivada de los gastos económicos como consecuencia de los problemas de salud de su bebé. porque «la jurisprudencia ha expresado con reiteración la inaplicabilidad del estado de necesidad justificante a la figura del tráfico de drogas, sobre todo en el supuesto de sustancias causantes de graves daños a la salud».

Los argumentos

La norma exige que «el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar» y los jueces entienden que «el delito de tráfico de drogas constituye actualmente uno de los más graves males sociales debido a las consecuencias que conlleva en relación a las personas afectadas y a sus familias, por lo que se aprecia una desproporción entre los intereses generales señalados y la situación particular de dificultad económica» del acusado.

Además de los cinco años de cárcel, los magistrados han condenado al hombre a pagar una multa de 200.000 euros. Cuando el acusado acceda al tercer grado o cumpla las tres cuartas partes de la pena, se sustituirá por la expulsión del territorio nacional y la prohibición de entrar en España durante 10 años.