El Club Náutico de Ibiza (CNI) mostró ayer su satisfacción porque la sentencia de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), referente a la concesión otorgada por la Autoridad Portuaria hasta el año 2047, «ha avalado que prime la actividad social en los clubes náuticos sobre la rentabilidad económica en este tipo de licitaciones», según declaró el abogado de la entidad ibicenca, Rafel Palmer.

Si bien la sentencia anula uno de los criterios establecidos en la valoración, el referido al arraigo social, Palmer considera que no es más que una pequeña porción de todos los existentes: «Se ha anulado sólo una parte de uno de los muchos criterios que se establecen en la renovación de la concesión al Club Náutico», indicó el letrado. «En el nivel uno -recordó- de ese criterio se establecía que se valoraría la actividad deportiva, el proyecto social y las actividades culturales. En el segundo párrafo se decía que se valoraría el arraigo en la ciudad y el número de socios. Simplemente se anula ese segundo párrafo, pero no todo el criterio».

El fallo del Tribunal Superior de Justicia «implica que la Autoridad Portuaria tendrá que ver ahora el peso que ese segundo párrafo tenía en el total de la valoración», comentó el abogado del CNI.

«Pero lo importante -añadió-, lo que destaco de esa sentencia, es que avala la legalidad del resto de criterios y, especialmente, que se prime la actividad social en los clubes náuticos sobre la rentabilidad económica en este tipo de licitaciones, que derivan de la ley 86 de la Ley de Puertos, la cual permite que los clubes náuticos puedan solicitar una concesión de ese tipo».

Rafel Palmer asegura que no ve peligrar la concesión: «No, en ningún momento. No creo que peligre porque esa parte anulada es uno de los párrafos de uno de los muchos criterios que se valoraron al otorgarse» al Club Náutico ibicenco frente a las otras dos ofertas presentadas (las de Portocolom Nàutic S.L. y la del Club Deportivo Doce Millas). Si bien la sentencia puede ser recurrida en un plazo de un mes, Palmer duda si lo hará: «Hay que valorarlo, pero en principio no, ya que creo que, en su conjunto, la sentencia del TSJB no es mala. Simplemente hay que rectificar algo que no era correcto».

Reunión con la APB

Reunión con la APB

Próximamente, se celebrará una reunión entre representantes del Club Náutico de Ibiza con la Autoridad Portuaria «para tratar esa sentencia», según detalló el abogado, que calificó de «victoria pírrica de los contrarios [Club Deportivo Doce Millas)» la anulación de parte de uno de los criterios de valoración: «No sirve para nada», señaló.

En enero, el TSJB avaló el sistema de puntuación que utilizó la Autoridad Portuaria para conceder al CNI el uso de las instalaciones que gestiona desde hace 92 años.