El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha desestimado el recurso de la agencia de alquiler de automóviles de Madrid Ares Capital S.A. contra la desestimación, por silencio administrativo del Consell de Ibiza, de la solicitud en 2014 de 30 nuevas autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor (VTC).

La denegación de la solicitud se fundamenta en el plan de adjudicación de autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor de Ibiza de 2011, que, entre otras cosas, prevé que se ha de mantener la proporción de una licencia de VTC por cada 6,74 de taxi. La petición de Ares Capital S. A. «no superó la barrera que suponía y supone la proporción que exige la normativa para la autorización de vehículos de alquiler con conductor en Ibiza», apunta el fallo.

Con el plan de autorizaciones de VTC de Ibiza, en el año 2011 también se aprobó un concurso público para adjudicar 25 licencias de este tipo hasta alcanzar un total 50 en la isla. Estas autorizaciones se concedieron a cuatro empresas y se alcanzó «el número máximo de 50 autorizaciones de la clase VTC» para la isla.

«No existe posibilidad de otorgar nuevas licencias hasta el momento en que se vuelva a establecer un nuevo máximo», apunta el informe que, en su día, emitió el departamento de Transportes del Consell y que se incorporó al decreto de Presidencia con el que se rechazó el recurso de alzada presentado por la empresa madrileña. Contra la sentencia del TSJB cabe recurso de casación. Ha habido muchas otras sentencias favorables al Consell que avalan su negativa a conceder nuevas licencias de este tipo.

Mientras que en Mallorca y el resto de España los tribunales han ido dando la razón a las empresas de vehículos de alquiler con conductor, no ha sucedido lo mismo en Ibiza, según un portavoz de la institución, porque cuenta con «un cupo propio [50 autorizaciones como máximo] que no ha sido derogado por el Tribunal Supremo».

Precisamente, hace poco más de un mes, el Consell remitió una carta a la Federación de Asociaciones de Taxi deIbiza para aclarar que la sentencia del Tribunal Supremo que adjudica 700 licencias de VTC a una sociedad con residencia en Mallorca no afecta a Ibiza. La institución sostiene que la sentencia, en ningún caso, modifica los ámbitos territoriales de las autorizaciones de VTC de ámbito nacional, que, en el caso de Ibiza, es el Consell el que debe adjudicarlas. De este modo, las licencias que se adquieran en Mallorca tienen las mismas limitaciones para operar en Ibiza que las de cualquier otra comunidad autónoma.

De acuerdo con el reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres, estas licencias de VTC tienen la imposibilidad de operar fuera del ámbito de su residencia, Mallorca en este caso, en un cómputo de más del 20% de los servicios en un periodo de tres meses. Es el mismo régimen que se aplica a las autorizaciones de ámbito nacional.