El equipo de gobierno de Sant Josep se propone evitar que las playas del municipio sean «discotecas, como pasa ahora», según el alcalde, Josep Marí Ribas, Agustinet. Para ello, prevé que el jueves el pleno dé el visto bueno a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza de ruidos y vibraciones del municipio, en la que, como principal novedad, se incorpora la obligación de que la música de los llamados beach clubs no supere los 65 decibelios (en el interior), una medida «muy aceptable» para que el ruido «no traspase las fronteras del local», según explicó ayer el alcalde en rueda de prensa junto a la primera teniente de alcalde, Paquita Ribas. Esta medida, sin embargo, no se aplicará hasta la próxima temporada.

Actualmente, el volumen de la música de este tipo de locales puede superar los 80 decibelios, según Ribas. La normativa actual regula el máximo de nivel sonoro del ambiente exterior en función de la clasificación de la zona: residencial, turística, industrial... Ahora, dicha clasificación se determina en función de la actividad principal del entorno, según el criterio del instructor de un expediente, pero con la nueva ordenanza se incorpora un mapa de ruido en el que se especifican por primera vez las zonas acústicas del municipio.

Para la instalación de un limitador de ruido, se efectúa primero un estudio sonoro y, en función de las características del local, se fija un tope para no superar de puertas afuera el límite máximo de la zona. En el caso de los beach clubs se hace una excepción y se obliga (a todos por igual, independientemente de la zonificación) a que en el interior no se superen los 65 decibelios, ya que esto, en principio, garantiza, según el alcalde y Ribas, que la música no se escuche en el exterior. El límite de decibelios en cada zona no varía con respecto a la normativa actual. «Se establecen unos criterios que benefician al más débil. Siempre que haya un uso residencial principal, éste ha de primar sobre el turístico aunque también haya algún hotel», dijo Ribas a modo de ejemplo.

En una zona residencial, el límite de inmisión de ruido que se transmite al medio ambiente exterior no puede superar los 55 decibelios de día y 45 de noche. En una área industrial, 65 y 55 decibelios, mientras que en una turística con predominio de suelo tipo recreativo y de espectáculos, 63 y 53 decibelios.

Hay que tener en cuenta que a partir de la primavera de 2018 todos los establecimientos de ocio de Sant Josep, no sólo los de Platja d'en Bossa, como ahora, deberán tener instalado un limitador de ruido, lo que permitirá actuar directamente en los beach clubs sin necesidad de efectuar sonometrías en el exterior y en viviendas afectadas por el ruido de estos negocios.

Tras la aprobación inicial de la nueva normativa, se abrirá un plazo de exposición pública y presentación de alegaciones. El equipo de gobierno prevé, por ejemplo, que los explotadores de beach clubs actuarán en contra de la nueva norma. Una vez aprobada la ordenanza definitivamente, habrá un periodo de seis meses para que los locales de las playas se adapten a la limitación de ruido impuesta.

Más volumen, mayor sanción

Otra de las novedades de la ordenanza de ruidos es que ahora la Policía Local, como medida cautelar, podrá «precintar directamente los equipos de música» de los establecimientos de ocio en los que se aprecie que se «ha manipulado» el limitador de ruido. Además, a la hora de determinar la cuantía de las sanciones muy graves, por exceder el límite de ruido máximo permitido entre 15 y 25 decibelios por encima de lo permitido, se afina más. Ahora, la sanción puede ser de entre 12.000 y 300.000 euros, pero con la nueva normativa se especifica que aquel que supere entre 15 y 20 decibelios más el máximo autorizado se enfrentará a una multa de entre 15.000 y 30.000 euros; de 30.000 a 50.000 euros por sobrepasarse entre 21 y 25 decibelios y entre 50.000 y 300.000 euros por ir más allá de los 25 decibelios.

La nueva ordenanza contempla una sanción directa de 12.000 euros para los propietarios o inquilinos de una vivienda que se nieguen a bajar el volumen de la música cuando la Policía Local lo requiera. Actualmente, la cuantía de las sanciones que se imponen no supera los 6.000 euros, según Ribas. La cuantía de las multas se sitúa entre 600 y 12.000 euros.

El alcalde destacó que la nueva ordenanza da «más instrumentos» para actuar con «más contundencia, rapidez y seguridad jurídica». «Con esta revisión, se intenta que no se nos escapen de las manos las molestias que causa la dispersión del ocio por todo el municipio».