El Ayuntamiento de Sant Josep prevé aprobar el jueves en el pleno una modificación de la ordenanza que regula el ruido y las vibraciones en la que, como principal novedad, se incorpora la obligación de que la música de los llamados ´beach club´ no supere los 65 decibelios, una medida "muy aceptable" para que el ruido "no traspase las fronteras del local y que permitirá que las playas no sean discotecas como pasa ahora". Así lo ha explicado el alcalde, Josep Marí Ribas Agustinet, junto a la primera teniente de alcalde, Paquita Ribas.

Hasta ahora, según ha explicado Ribas, no estaban reguladas específicamente las emisiones sonoras de estos locales y en la actualidad pueden estar entre los 80 y los 85 decibelios.

Tras la aprobación inicial de la nueva normativa este jueves, se abrirá un plazo de exposición pública y presentación de alegaciones. Después, una vez aprobada la ordenanza de forma definitiva, habrá un periodo de seis meses para que los locales se adapten a esta nueva condición. Hay que tener en cuenta que en abril del año que viene se cumple el periodo de un año para que todos los establecimientos del municipio, no sólo los de Platja d´en Bossa, tengan limitador de ruido.

La idea es que de cara a la próxima temporada ya se aplique íntegramente la nueva normativa, según ha indicado Ribas. "No queremos machacar a nadie, sino dar tranquilidad a los vecinos. Se puede mejorar bastante", ha agregado.

Otra de las novedades de la ordenanza es que ahora la Policía Local podrá "precintar directamente los equipos de música" de los establecimientos de ocio en los que se haya manipulado el limitador de ruido. Además, a la hora de determinar la cuantía de las sanciones muy graves, por exceder el límite de ruido máximo permitido entre 15 y 25 decibelios de más, se afina más.

Ahora, la sanción pude ser de entre 15.000 y 300.000 euros, pero con la nueva normativa se especifica que el local que supere entre 15 y 20 decibelios más de lo permitido se enfrentará a una multa de entre 15.000 y 30.000 euros; de 30.000 a 50.000 euros por sobrepasarse entre 21 y 25 decibelios; y entre 50.000 y 300.000 euros por ir más allá de los 25 decibelios. "Esto permite que el empresario sepa lo que se juega. No es lo mismo ir por una carretera a 120 km/h que a 200", ha justificado Ribas.

Sanción directa de 12.000 euros

Asimismo, la nueva ordenanza también contempla una sanción directa de 12.000 euros para los propietarios o inquilinos de una vivienda particular que se nieguen a bajar el volumen de la música cuando la Policía Local lo requiera. Actualmente, la cuantía de las sanciones, que depende del criterio que emplee el instructor del expediente, no supera los 6.000 euros, según Ribas. La cuantía de las multas se sitúa entre 600 y 12.000 euros.

La nueva normativa también incluye un mapa de ruido, en el que se especifica, por zonas, el máximo nivel de ruido que puede haber en el ambiente. Las zonas que se encuentran en suelo rústico se califican como residenciales, mientras que las que se encuentran en primera línea de mar (dominio público marítimo terrestre) como la clasificación del suelo en la parte posterior. No hay cambios respecto a las limitaciones de ruido de las discotecas o cafés concierto ni en los horarios.