El Ayuntamiento de Sant Antoni defiende que ahora, tras el cambio de gobierno, se antepone el restablecimiento de la legalidad urbanística (la legalización de la infracción cometida o, si no ha lugar, el derribo) al cobro de las sanciones. El concejal de Urbanismo, Juanjo Ferrer, de Proposta per les Illes (PI), asegura que con anterioridad a la llegada del tripartito (PSOE, Reinicia y PI) al equipo de gobierno, los expedientes de infracción urbanística «normalmente acababan sólo con una multa y ni siquiera se solía iniciar el procedimiento para el restablecimiento de la legalidad». «Quedaba un poco abandonado», apunta Ferrer.

El año pasado, los juzgados de lo Contencioso Administrativo número 1 y 3 de Palma anularon el acuerdo de la Junta de Gobierno de Sant Antoni de febrero de 2012 que ordenaba la demolición de diversas construcciones ilegales (se levantaron sin licencia) en una finca de Buscastell (una vivienda, un almacén y una piscina) porque ya había caducado.

El Consistorio requirió a la propiedad la demolición de las obras ilegales e ilegalizables cuatro años después de la apertura del expediente de infracción urbanística, cuando la normativa marca un plazo máximo de un año. El Consistorio, además, ordenó la demolición a instancias de un vecino que denunció reiteradamente las infracciones urbanísticas.

«Es probable que se llegue tarde»

Por ahora, este caso se ha saldado con el pago de una sanción de 25.000 euros, aproximadamente, y sin orden de derribo a pesar de que las obras no se pueden legalizar. El concejal de Urbanismo asegura que, a raíz de la información publicada por este diario, «se ha identificado el caso» y ha dado «instrucciones» para que se inicie de nuevo el expediente de restablecimiento de la legalidad en el caso de que «no haya prescrito». «Es probable que lleguemos tarde», reconoce, no obstante, Ferrer.

El edil de Urbanismo explica que en este mandato se han producido dos demoliciones «importantes» por construcciones en zona protegida (Área Natural de Especial Interés): las ampliaciones de dos viviendas sin licencia. El Consistorio ha dado ya el final de obra del derribo. En todo caso, Ferrer reconoce que se trata de dos expedientes iniciados anteriormente a su entrada en el gobierno. «No me quiero poner yo la medalla», puntualiza.

Ferrer insiste en que «se ha cambiado la tendencia» de «dejar de lado» los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística infringida. «Si las obras se han hecho sin licencia lo primero que se debe hacer es que, si no se pueden legalizar, se derriben, que se restablezca la legalidad. Es lo más importante, sin abandonar la sanción. De la otra forma parece que dando la oportunidad de pago [de la multa] ya está bien», justifica.

En el caso de las obras ilegales de Buscastell, el Consistorio alegó en el juzgado que sólo después de cerrar el procedimiento sancionador, que se inició en abril de 2010 (dos años después de la apertura del expediente de infracción urbanística y cuando ya había caducado), estuvo «en condiciones de iniciar el restablecimiento de la legalidad urbanística; es decir, de dictar la orden de demolición.

Sin embargo, una de las dos sentencias apuntadas advertía de que «no es cierto que no pudiera iniciarse o seguirse el procedimiento [de infracción urbanística] hasta después del sancionador, pues uno y otro son independientes y, además, en septiembre de 2009 -antes de iniciarse el expediente sancionador- el arquitecto municipal ya informó de que las obras eran ilegalizables».