«Ante la falta de autor conocido contra el cual dirigir» la causa y ante los «irregulares reconocimientos fotográficos» que sustentaban la acusación contra los sospechosos, la juez del juzgado de instrucción número 1 de Ibiza ha decretado el archivo de la causa por la paliza que sufrió uno de los dos policías acusados del robo millonario en las oficinas del Grupo Matutes.

La agresión se produjo el 18 de noviembre de 2013, cuando, según la denuncia, dos hombres, uno encapuchado y el otro a cara descubierta, entraron en la finca de José Joaquín Fernández y le amenazaron, le agredieron a él y a su esposa, e intentaron sonsacarle dónde se encontraba el resto del dinero que se suponía que faltaba por recuperar del robo en la sede de la compañía ibicenca, perpetrado en la noche del 25 al 26 de octubre.

En el auto de archivo de esta causa, firmado el pasado 19 de agosto, la magistrada destaca que la detención de los dos hombres que hasta ahora estaban imputados por la agresión «vino motivada única y exclusivamente en atención a unos reconocimientos fotográficos llevados a cabo por los denunciantes, reconocimientos estos no sólo calificables como absolutamente irregulares y carentes de valor alguno, sino que además, respecto a la forma en que se habían llevado a cabo y cuerpo policial ante el cual se había efectuado, existían profundas divergencias entre lo declarado por los propios denunciantes en sede judicial». La juez señala que el relato de José Joaquín Fernández es «absolutamente dispar» al de su esposa. Respecto a las identificaciones de los sospechosos, fue la propia víctima quien, tras asegurar a la Policía que no reconocía a los hombres que le mostraron en las reseñas, realizó una búsqueda por Internet entre personas relacionadas con discotecas y gimnasios, imprimió la foto de uno de los que ya había visto en las fotografías policiales y la entregó a la Guardia Civil. El segundo sospechoso, el portero rumano, fue identificado solo por sus ojos, ya que uno de los dos agresores iba encapuchado.

A pesar de la contundencia con la que la magistrada rechaza estas pruebas y destaca las incongruencias de las declaraciones de las dos víctimas, la imputación contra los dos hombres, un empresario de Sant Antoni y un portero rumano que había trabajado para el primero, ambos con antecedentes policiales, se ha mantenido durante más de un año y medio. El archivo y sobreseimiento provisional de la causa se produce, por otra parte, solo dos semanas después de que el segundo de los dos sospechosos de la agresión haya sido arrestado por tráfico de drogas en el transcurso de la Operación Meigas del EDOA de la Guardia Civil.

Comunicaciones telefónicas

Además del irregular reconocimiento fotográfico, en el escrito de la juez se señala que las comunicaciones telefónicas de los dos sospechosos fueron interceptadas y, aunque ello no es prueba de descargo, no dieron resultado alguno. «Asimismo, analizados una serie de vestigios hallados en el lugar de los hechos», y comparados con el perfil genético de los dos sospechosos, «no se han derivado resultados concluyentes que les sitúen en la escena del delito».

En el mismo auto se deniega, por otra parte, una prueba solicitada por la representación de la víctima de la agresión, que solicitaba que fuera citado a declarar Abel Matutes, una diligencia que la jueza considera «impertinente» y, explica en el citado auto: «No se ha puesto de relieve durante la investigación ningún hecho, dato o circunstancia de la cual pueda inferirse que el señor Matutes tenga relación alguna con los concretos hechos investigados en este procedimiento».

La propia víctima de la agresión afirmó en su denuncia que los asaltantes dijeron que estaban allí de parte de Matutes, punto que consta también en un informe de Asuntos Internos de la Policía, en el que se indica que «resulta significativo el hecho de que los asaltantes refieran que son enviados por Abel Matutes para recuperar el dinero sustraído».

La defensa de uno de los dos acusados hasta ahora en esta causa ha avanzado que está estudiando la posibilidad de emprender acciones legales contra los denunciantes, el policía y su esposa, por denuncia falsa.