El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha condenado a 14 y 15 años de prisión a cinco hombres juzgados por un robo en un chalé de es Cubells, cuyos moradores fueron retenidos, amenazados con una pistola de fogueo y agredidos con violencia.

En la sentencia, dictada el día 28 de octubre y contra la que cabe recurso, los magistrados subrayan la «salvaje» agresión sufrida por el hombre. Además de las penas de prisión, condenan a los procesados a pagar indemnizaciones por un importe total de 94.020 euros.

El tribunal considera probado que sobre las tres de la madrugada del 4 de septiembre de 2012, los cinco acusados, G. G. R., D. Z., O. M. L., P. J. M. S. y N. A. G., rompieron una cristalera y accedieron al interior de un domicilio de es Cubells, provistos de «bolsas con bridas, ropas que les cubrían el rostro y una pistola de fogueo».

P. J. M. S. intimidó con el arma a la pareja que estaba en la casa. A continuación, golpeó al hombre con la culata del arma mientras G. G. R. le sujetaba «cogiéndole con fuerza del cuello» y los otros tres acusados le daban «patadas y puñetazos por todo el cuerpo».

Entonces, P. J. M. S. obligó a la mujer a permanecer en una habitación, mientras los otros «seguían golpeando» al hombre y le amenazaban con violarla si no les daba el dinero. Después la llevaron a otra habitación, y la obligaron a tumbarse boca abajo sobre la cama, teniéndola todo el tiempo vigilada.

Le metió la pistola en la boca

Durante la agresión al hombre, según relata la sentencia, los acusados compartían la pistola que llevaban y en un momento dado uno de ellos, N. A. G., le quitó las balas, se la metió en la boca y la disparó.

Después la sacó y le dijo que le diera el dinero o lo mataba. También cogieron una escopeta de perdigones propiedad del hombre que usaron para agredirle y le dijeron a la mujer que entregara el dinero o le cortaban los dedos a su novio.

Los asaltantes maniataron con bridas de pies y manos al hombre para inmovilizarlo, igual que a la mujer, a quien le espetaron antes de irse: «No se te ocurra denunciar».

De la vivienda sustrajeron un ordenador, dos iPhone, cinco kilos de perlas, 300 gramos de plata y una cartera, entre otros objetos, parte de los cuales fueron recuperados tras el arresto de los asaltantes.

Aunque estos tan solo dejaron al descubierto sus ojos para evitar ser reconocidos, la sentencia recoge que el hombre pudo reconocerlos «por la voz, los ojos y la complexión», ya que a algunos los conocía.

Una vez que se marcharon, la mujer pudo llegar a la cocina, coger unas tijeras y cortar las bridas de las muñecas. Cuando desataba al hombre, llegó un vecino a la casa para ayudarles.

Una vez arrestados, los investigadores encontraron en la casa de O. M. L. 87 gramos de cocaína que el tribunal considera probado que se iba a destinar a la venta a terceros, así como útiles para el corte y el suministro de estupefacientes. En el domicilio de D. Z. hallaron 48 gramos de hachís, si bien no consta suficientemente probado que se fueran a utilizar para el tráfico.

Básicamente admiten los hechos

El tribunal explica que no es difícil acreditar la presencia de los acusados en el lugar y momento de los hechos y su autoría, pues estos «admitieron básicamente» lo sucedido, aunque cada uno «ofreció una interesada, particular y distinta versión respecto de determinados extremos» que los magistrados analizan con detalle en la sentencia.

Así, expusieron diversos motivos sobre por qué fueron a la casa, quiénes entraron, si llevaban o no armas y lo que ocurrió dentro, minimizando lo sucedido. Pero en base a declaraciones de los testigos -sobre todo de la mujer y del vecino- y de ellos mismos, el tribunal señala que fueron a robar y a «darle un escarmiento» a la víctima, que todos los acusaron estuvieron dentro y que «todos agredieron salvajemente» al hombre y lo ataron tanto a él como a la mujer antes de irse.

Por todo ello, consideran a los acusados autores de un delito de robo con violencia con uso de instrumento peligroso en concurso con una detención ilegal, de otro de detención ilegal y de uno de lesiones, así como de una falta de lesiones. A todos se les aplican además las circunstancias agravantes de uso de disfraz y de abuso de superioridad.

De este modo, se condena a D. Z., a P. J. M. y a N. A. G. a 15 años de cárcel. A G. G. R. le imponen 14 años por tener en cuenta las atenuantes de reparación parcial del daño en el delito de robo y de colaboración con las autoridades, y en el caso de O. M. L. la pena se eleva a 18 años, pues también le condenan por un delito contra la salud pública.