Nueva normativa

El Govern deja de exigir licencia para abrir pozos y bastará un aviso previo

La conselleria balear de Medio Ambiente justifica la medida para «incentivar la reactivación económica» y «ganar en agilidad administrativa».

 11:30  
Camión cisterna cargando agua de un pozo en Formentera.
Camión cisterna cargando agua de un pozo en Formentera.  C.C.
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JOAN LLUÍS FERRER | IBIZA El Govern balear quiere favorecer la construcción de nuevos pozos en el campo como medida para «incentivar la recuperación económica» del medio rural y para ello ha desmantelado, a través del Decreto de Urbanismo Sostenible, las normativas aprobadas en los últimos años para regular la autorización de extracciones. Precisamente, la grave situación en que se encuentran los acuíferos de las islas justificó en su momento la adopción de medidas para controlar el exceso de pozos y evitar así la intrusión marina.

La derogación de los decretos 51/2005 y 108/2005 que regulaban la autorización de captaciones de agua subterránea tendrá como consecuencia más inmediata, según confirmó ayer a este periódico la conselleria balear de Territorio, Agricultura y Medio Ambiente, que se sustituye la necesidad de pedir una autorización administrativa por la obligación de presentar una simple «comunicación previa» al Govern por parte del particular que quiera abrir una nueva perforación, siempre que sea de un caudal inferior a los 7.000 metros cúbicos al año.

De esta manera, afirmó la conselleria, «se ganará en agilidad administrativa» y «se incentiva la reactivación económica de estas zonas».

La ausencia de otra normativa más específica deja la ordenación del sector en manos del Plan Hidrológico de Balears de 2001 –que ahora se está revisando– y de la Ley de Aguas estatal.

Nueva normativa
El Govern explicó a este periódico –a través de un correo electrónico– que «está en elaboración un decreto que regule el procedimiento de tramitación de los pozos y la documentación a adjuntar en la comunicación previa». Sería en este nuevo decreto donde se eximiría a los propietarios de explotaciones de la necesidad de obtener permiso administrativo, puesto que en el vigente Plan Hidrológico también se deja claro en su artículo 40 que «todo nuevo aprovechamiento de aguas subterráneas o modificación de otro preexistente necesita autorización administrativa». De hecho, establece una serie de trámites parecidos a los que se establecían en los dos decretos derogados por el Govern de José Ramón Bauzá.

Sin embargo, los partidos progresistas de Balears han expresado su temor a que la revisión de dicho Plan Hidrológico de Balears vaya en la misma línea que el decreto urbanístico ahora en trámite y aligere también los requisitos contenidos en la versión de 2001.

Ahora, el citado plan establece en su artículo 42 que «a efectos de proteger» los acuíferos de Balears «frente a la contaminación y la salinización, toda solicitud de perforación deberá ir acompañada de documentación suficiente que identifique el acuífero o acuíferos que se pretenden explotar y los materiales que han de ser atravesados para dicho fin», por lo que se preveía un proyecto de captación suscrito por técnico competente, que debía incorporar un estudio hidrogeológicod e detalle. El Plan Hidrológico también exige que durante la perforación «se deberá controlar por e director de la obra que los trabajos realizados se ajusten a los previstos y autorizados». El mismo plan indica que «las empresas de perforación de sondeos par alumbramiento de agua deberán exigir al titular de la finca, antes del inicio de las obras, la autorización de alumbramiento y explotación o permiso de investigación y disponer de una copia en el lugar de trabajo», el incumplimiento de lo cual podría acarrear que dicha empresa sea «considerada cómplice o encubridora de la infracción».

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