E. RODRÍGUEZ / SANT ANTONI
Los supermercados Carrefour y Mercadona tienen intención de abrir un establecimiento en Sant Antoni. Responsables de estas cadenas alimenticias ya han mantenido contactos con el Ayuntamiento. Sin embargo, el concejal de Urbanismo y Actividades, Pepe Torres, explicó ayer a este periódico que el Consistorio no puede tramitar la implantación de una gran superficie comercial en el municipio hasta la aprobación inicial del nuevo Plan General de Ordenación Urbana, prevista «en el primer trimestre» del año.
Torres argumentó la premura que tiene el Consistorio en aprobar la nueva versión de su planeamiento urbanístico para tramitar las solicitudes de licencia de las grandes superficies. El edil reconoce que, de lo contrario, estas cadenas podrían instalarse en Sant Josep. Precisamente por esta causa, el Consistorio concedió en julio del año pasado «cinco licencias de actividad permanente menor de comercio al detalle» a la empresa Lidl Supermercados. Actualmente se está construyendo la nave industrial, en la zona de sa Tanca, junto a la carretera de Sant Antoni, donde se ubicarán de forma separada estos cinco locales de venta: dos de productos alimenticios, un bazar con productos del hogar y artículos de limpieza en general, una carnicería y una pastelería.
Anteriormente, Lidl Supermercados había solicitado autorización para construir un supermercado de alimentación de 1.499 metros cuadrados de superficie en el mismo emplazamiento, pero fue rechazada, primero, por la conselleria balear de Comercio, Industria y Energía (en diciembre de 2004) y, tras un recurso, por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (el 31 de octubre de 2007). Para resolver el problema, la cadena Lidl optó por solicitar la autorización como un establecimiento colectivo, y no como una gran superficie, que es lo que pretendía al principio. Cada uno de los locales autorizados por el Consistorio ocupa una superficie de 192 metros cuadrados, según explicó ayer Torres, «una extensión muy por debajo de lo previsto anteriormente».
El pasado 20 de enero el Tribunal Supremo (TS) desestimó el recurso presentado por Lidl Supermercados S.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que confirmaba la resolución del Govern que denegó la licencia de gran superficie comercial. El TSJB argumentaba entonces que con el estudio presentado en la solicitud «no se justificaba el déficit de oferta» en la zona donde querían implantar el equipamiento comercial. Cabe tener en cuenta que en el momento en que la conselleria balear de Comercio rechazó la concesión de la licencia solicitada aún no era de aplicación la Directiva 2006/123/CE, conocida como Bolkestein, que regula la liberalización de la prestación de servicios.
En el recurso ante el Supremo, la empresa promotora alegó que se estaba incumpliendo ya entonces la directiva Bolkestein. En este caso, no obstante, el tribunal recuerda que se trata de «una cuestión nueva, no invocada oportunamente en el recurso contencioso administrativo ni abordada por la sentencia». Pese a esta circunstancia, «suficiente para resolver que no ha lugar al recurso de casación», el Tribunal Supremo apunta, además, que en el momento en que el Govern se pronunció en contra de la autorización de la superficie comercial no era de aplicación la directiva comunitaria.