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IBIZA | REDACCIÓN El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por el empresario turístico Felipe Cercadillo García contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Balears que le condenó a un año de prisión por un delito de apropiación indebida a raíz de unas operaciones relacionadas con la adquisición de la sociedad Turismo Balear y con la disposición irregular de fondos de la misma. El empresario tendrá que pagar además una multa de 3.600 euros (seis meses con una cuota diaria de 20 euros) y abonar también a la citada sociedad la cantidad de 74.261 euros más los intereses generados por la misma desde el 1 de enero de 1998.
La compraventa de la sociedad Turismo Balear mediante una oferta pública de adquisición de acciones, que ha dado lugar a este proceso, constituyó, según la sentencia, una «trama puesta en marcha de forma harto compleja», con un «armazón artificioso». El Supremo ha estimado que Cercadillo fue el «autor indiscutible de la decisión de extraer la cantidad de dinero» objeto del litigio y subraya «la inexistencia de una justificación de su destino»
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