Trabajo

Condenados a trabajar hasta los 67

Los ciudadanos critican la propuesta del Gobierno de ampliar la edad de jubilación dos años a partir de 2025

 18:39  

IBIZA - EFE El Gobierno de España se enfrenta a una de las medidas más impopulares que afecta a la mayoría de la población activa: obligar a los ciudadanos a trabajar dos años más de lo previsto, hasta los 67 años, a partir de 2025 para poder cobrar la jubilación íntegra. Las generaciones nacidas después de 1959 son las más afectadas, pero la propuesta del Ejecutivo socialista alarga, de forma progresiva, el tiempo de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena que será necesario para cobrar su jubilación ordinaria (el cien por cien), a razón de dos meses por año a partir de 2013. Es decir, que un asalariado de 50 años o menos se verá afectado directamente en caso de que la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo ratifique la medida, que el Gobierno encuadra dentro de la reforma del sistema de la Seguridad Social. El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, recordó ayer desde Barcelona que la propuesta no es nueva y que se adopta para garantizar las sostenibilidad del sistema de pensiones más allá de 2025.

Críticas en la calle

La medida no ha sentado nada bien a los ciudadanos de Eivissa y Formentera consultados que, en su mayoría, lejos de plantearse trabajar dos años más proponen avanzar la edad de jubilación. Actualmente los datos indican que la edad media de jubilación real de los españoles se sitúa en los 63,5 años. Los sindicatos UGT y CCOO ya apuntan que sería más conveniente aplicar medidas para que realmente el retiro se produzca a los 65 años y anuncian movilizaciones en caso de que la propuesta salga adelante.

Las conversaciones de los vecinos en bares, tiendas y otros espacios públicos giraban ayer en torno a la polémica propuesta. La indignación e incredulidad era la nota dominante, mientras que muchos coincidían en criticar el momento elegido para plantear medidas como la descrita en tiempos de crisis.

Una empleada de un comercio de Sant Francesc, Francisca Castelló, con más de 20 años de cotización manifestó: «Siempre he pensado que al final no tendremos ni jubilación pero que amplíen la edad me parece fatal, si llegamos a esa edad no podremos disfrutar de la jubilación».

Un trabajador del sector de hostelería, José Luis Merino, comentaba en un céntrico bar de Sant Francesc que no podía entender los argumentos del Gobierno: «Tengo 50 años y esto me pilla de lleno después de 25 años cotizando. Siempre he pensado que podría retirarme con tranquilidad pero esto hace que ahora tenga que trabajar dos años más de lo previsto, no me parece justo».

Carlos García, trabajador de la construcción, lleva cotizando desde hace 20 años y tiene 48 años; junto a otros compañeros de la obra donde trabaja comenta la propuesta en una cafetería de Sant Francesc: «Personalmente no me veo ni a los 60 ni a los 65 años ni mucho menos a los 67 años subido a un andamio y levantando pesos como hacemos ahora, esto no se puede plantear de forma general y tendrían que mirar la situación de cada oficio. De todas formas, me parece un abuso y esto traerá problemas». Otro de los presentes aprovechó para plantear: «A los políticos y a los empresarios seguro que no les afecta, ellos deben de tener la jubilación asegurada».

La edad de jubilación legal, que el Gobierno planea alargar a los 67 años, se sitúa en los 65 años desde hace más de nueve décadas, cuando se implantó en 1919. Casi un siglo después, la edad de jubilación real está en los 63 años y 10 meses. El Real Decreto de 11 de marzo de 1919 reconoció en España el retiro obrero de carácter obligatorio a los 65 años. Más tarde se fue desarrollando un sistema de seguridad social que tuvo su mayor exponente en la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963. La edad de jubilación continúa siendo oficialmente a los 65 años, pero las distintas fórmulas establecidas para su formalización han permitido su anticipación o retraso. En paralelo a la jubilación de carácter ordinario, con 65 años más el cumplimiento de una serie de requisitos, el sistema de la Seguridad Social permite la jubilación anticipada por diversas causas. Entre ellas están las actividades laborales de naturaleza peligrosa o penosa y la discapacidad por parte del trabajador.

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