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HEMEROTECA » |
SANT JOSEP | J. LL. F. La última reunión de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sant Josep culminó dos expedientes de disciplina urbanística que conllevan la orden de demolición de dos construcciones levantadas sin licencia en la costa del municipio y que, además, no son legalizables. Una de ellas está en es Jondal y la otra, cerca de Platges de Comte. El equipo de gobierno señaló que los expedientes se iniciaron poco después de la llegada de los progresistas al Ayuntamiento: «Son una muestra más de la firme determinación de este equipo para que se cumpla la legalidad urbanística», señalaron desde el Consistorio.
En el caso de es Jondal, se ha instado a la entidad Inversiones Ibicencas SL, propietaria del quiosco Blue Marlin, a derribar las obras ejecutadas sin licencia en dicho establecimiento en el plazo máximo de un mes. El expediente considera probado que se ha cometido una infracción urbanística grave, consistente en la ampliación de la superficie edificada en 227 metros cuadrados, así como la construcción de una terraza descubierta con pavimento de madera de aproximadamente 670 metros cuadrados y la instalación, dentro de esta superficie, de dos pérgolas de unos 30 metros cuadrados cada una.
Una nota municipal informó de que esta resolución «ha tardado en llegar, porque, cuando ya se había iniciado el expediente, la entidad propietaria solicitó la declaración de Interés General para la ampliación de la superficie que ocupaba la actividad, lo que supuso la paralización del expediente de disciplina urbanística hasta que éste no fuera resuelto. Dado que la solicitud fue denegada, y por tratarse de una actividad ubicada en suelo rústico protegido, se reinició el expediente ahora resuelto».
Posibles multas
El Ayuntamiento advierte en su nota de que en el caso de que las personas responsables de estas obras no las derriben en el plazo máximo de un mes, «se procederá a iniciar la ejecución forzosa mediante multas coercitivas y podrá iniciarse un procedimiento de ejecución subsidiaria: la realizaría el Ayuntamiento y cobraría los gastos a los responsables de la infracción».
Este es el sistema habitualmente empleado en los casos de disciplina urbanística en que los responsables no se avienen a ejecutar la demolición.
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