IBIZA | E. R.
La Fiscalía ha presentado recurso de apelación contra la sentencia por la que se absuelve al propietario de la empresa Es Arenals CB, Carlos Tur, de un delito contra el medio ambiente y contra la flora y fauna por la explotación de la cantera conocida como ses Clotades, en es Migjorn, entre 1983 y 2004. El Ministerio Público señala que la juez no define claramente por qué no aprecia «dolo» en la conducta de la propiedad de la industria minera y destaca que su actuación no sólo produjo una situación de riesgo, sino que causó «un daño material, físicamente perceptible y perjudicial para los sistemas dunares, que llegaron a desaparecer», según argumenta.
El fiscal también entiende que el propietario era consciente y conocía que incumplía distintas normativas, y si alguna ignoraba no fue por imposibilidad, sino porque voluntariamente se colocó en una situación de ceguera jurídica al no solicitar, a sabiendas, la licencia municipal. De hecho, el Ministerio Fiscal señala que la pasividad o ineficacia que demuestra la Administración en este caso no son, a efectos de la comisión de un delito, «causa alguna de justificación o exculpación». Entiende, así, que el acusado se comportó de forma consciente obviando las normas que no le convenían (la solicitud de licencia en el Ayuntamiento, por ejemplo), «que eran muchas, despreciando cualquier interés o valor perteneciente a la sociedad a cambio de proteger su lucro individual y personal».