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La Audiencia mantiene la imputación de Tarrés por falsedad documental

El tribunal revoca la decisión del anterior juez de Ibiza Centre por «no estar justificada» - La trascendencia penal de la declaración de obra nueva de Joan XXIII no se puede analizar hasta que termine la instrucción

 
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Tarrés entra en loz juzgados acompañado por el conseller Albert Prats en su última declaración.
Tarrés entra en loz juzgados acompañado por el conseller Albert Prats en su última declaración.  V. M.
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IBIZA | E. RODRÍGUEZ La sección segunda de la Audiencia Provincial ha revocado en parte el auto por el cual el anterior juez instructor del caso Ibiza Centre decidía retirar la imputación del presidente del Consell, Xico Tarrés, por falsedad documental y acuerda que se siga investigando si el ex alcalde de Vila pudo haber incurrido en este delito cuando firmó ante notario el 1 de diciembre de 2005 la declaración de obra nueva del edificio de Joan XXIII. Tarrés declaró entonces la construcción de 36 viviendas, que es el máximo que permitía el plan urbanístico en vigor, cuando, según la querella del ex dirigente socialista Roque López, se estaba desarrollando un proyecto de construcción mucho mayor. Tarrés defiende que ordenó la paralización de las obras cuando tuvo conocimiento del exceso de construcción del edificio.

El fallo de la Audiencia destaca que el auto de desimputación de Tarrés «no estaba justificado ni motivado» y señala que cabe la posibilidad, y que por ello se debe seguir investigando, que Tarrés «era o debía ser perfectamente consciente y conocedor de que la obra que se declaraba en construcción no se correspondía con la que verdaderamente se estaba ejecutando». El tribunal considera «revelador» el dato de que con posterioridad la alcaldesa, Lurdes Costa, notificase, en febrero de 2008, en la modificación de la declaración de obra nueva, «más del triple y casi el doble de los aparcamientos» de lo que certificó en su día Tarrés ante notario. Cabe tener en cuenta que el presidente sigue imputado por los supuestos delitos de cohecho, prevaricación y tráfico de influencias por el caso Ibiza Centre, en el que se investiga si se pactaron comisiones para el Partido Socialista y el PP.

Comentarios grabados

La Audiencia también considera «esclarecedor y sospechos de criminalidad» el hecho de que el Ayuntamiento aprobara en noviembre de 2004, un año antes de la declaración de obra nueva, una modificación puntual del plan urbanístico para permitir este aumento de volumen de edificaciones y aparcamientos, lo cual no se aprobó hasta agosto de 2007. Asimismo, el tribunal apunta que en las grabaciones de Roque López aparecen comentarios, entre ellos del propio Tarrés, «relativos al temor y la preocupación expresada de que a consecuencia de algunas de las irregularidades que se habían cometido en la construcción del controvertido edificio, pudieran acabar teniendo problemas legales e incluso terminar en prisión».

No obstante, la Audiencia señala que la trascendencia penal no puede ser analizada en este momento, ya que «la instrucción de Ibiza Centre debe esclarecer si tras esta sobreedificación se ocultaba el pago de comisiones ilegales o financiación ilícita y no contablemente declarada de partidos políticos». La Fiscalía recurrió también la desimputación de Tarrés, pero desde un punto de vista procesal, ya que la Ley de Enjuiciamiento Criminal no permite el sobreseimiento parcial de las actuaciones respecto a determinados hechos.

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