IBIZA | REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Justicia ha anulado varios artículos del convenio colectivo del Ayuntamiento de Santa Eulària de 2006, aprobado en diciembre de 2005, porque contradicen la legislación vigente. En concreto, dicho convenio para el personal laboral «comportaba incrementos retributivos del 6 por ciento para el año 2005 y para el año 2006, superando así el 2 por ciento que habían fijado como límite las leyes 2/04 y 30/05», señala la resolución judicial.
Otro de los artículos anulados pretendía que los trabajadores en situación de prisión provisional siguieran percibiendo sus retribuciones, al objeto de respetar su «presunción de inocencia». El tribunal recuerda al Ayuntamiento que la prisión provisional no cuestiona la presunción de inocencia del detenido, por lo que «no aparece razón para que el Ayuntamiento salga al paso retribuyendo a quien no trabaja».