Absuelto de proxenetismo tras cuatro meses en prisión

La Fiscalía solicitaba para el acusado una pena de tres años de cárcel

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IBIZA | R. S. La juez Martina Rodríguez, titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza, absolvió ayer por la mañana de un delito de proxenetismo a un hombre que ha permanecido por este motivo cuatro meses y diez días ingresado en prisión. La sobrina del acusado presentó una denuncia contra su tío, en la que explicaba que éste la explotaba sexualmente.

Según su versión, su familiar la obligó a venir de Rumanía para trabajar como prostituta en un club de alterne del barrio de ses Figueretes, en Vila. En la denuncia, la presunta víctima también explicaba que todo el dinero que obtenía en el local debía entregárselo al presunto proxeneteta, bajo la amenaza de que si no lo hacía llamaría a su familia para explicar en qué estaba trabajando en España.

Esta mujer no se presentó a la vista oral celebrada ayer en Ibiza, puesto que ha regresado a su país natal. La novia del acusado, también rumana, reconoció que mintió el 6 de mayo, día en el que el hombre fue detenido en la calle Navarra de Vila. En su declaración ante la Policía esta mujer, que reconoció trabajar también como prostituta, comentó que el acusado amenazaba a su sobrina y que le exigía que le diese el dinero ganado en el club. «Era todo mentira», reconoció a preguntas de la juez.

«Le busqué un trabajo de limpiadora pero ella decidió libremente trabajar como prostituta», explicó el acusado, que negó en todo momento ejercer como proxeneta respecto de su sobrina. En el juicio también declararon el propietario y una camarera del club.

6.000 euros de multa


La representante del Ministerio Público solicitó para el acusado una pena de tres años de cárcel por un delito relativo a la prostitución. Además, la fiscal, que se ratificó en sus peticiones en las conclusiones finales del juicio, solicitó también la imposición de una multa de 6.000 euros (20 meses con una cuota diaria de diez euros) y una indemnización de 4.000 euros para la perjudicada.

Sin embargo, ante «la ausencia de pruebas concluyentes de cargo y del testimonio de la presunta víctima» la juez Rodríguez tuvo en cuenta el alegato de la abogada defensora del acusado y decidió absolver a éste, dictando la sentencia in voce al final de la vista oral.

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