El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Fomento, aprobó el pasado 12 de junio un Real Decreto en el que se regulan las titulaciones profesionales de la Marina Mercante y crea un certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo que permitirá por primera vez a los capitanes de yate el gobierno profesional de estas embarcaciones si cumplen una serie de requisitos.

A la espera de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los requisitos para la obtención del certificado de especialidad, las escuelas que imparten títulos deportivos considera esta noticia como «un objetivo cumplido que desde hace tiempo venía demandado todo el sector de la náutica de recreo y principalmente los profesionales que trabajan para ofrecer un servicio de calidad y demandaban una normativa que respalde la calidad y experiencia de un sector con un gran potencial en España», explica Octavio Sanz, capitán de la Marina Mercante y jefe de estudios de la academia Stella Maris.

En la actualidad se pueden cursar diferentes títulos deportivos, desde el de patrón de navegación básica, pasando por el de patrón de embarcación de recreo, el patrón de yate o el capitán de yate que es el máximo dentro de esta especialidad. Sin embargo, estos «nunca han sido válidos para trabajar o ejercer una actividad profesional legal por motivos de seguridad y formación y para no chocar con los titulados náuticos profesionales que provienen de las escuelas de formación profesional o de la universidad», explica Sanz.

Este hecho chocaba con la realidad: «Desde el año 1999 ha habido un boom muy importante en la náutica con 2.400 embarcaciones censadas sólo en Ibiza y por ello las escuelas, a través de la asociación nacional, llevaban años reivindicado que los títulos de recreo sirviesen para realizar este trabajo de manera legal.

«Ha aumentado mucho el sector turístico de chárter de barcos, se han comprado muchos yates y hay que pilotarlos, pero la legislación española no permitía llevar un barco de chárter sin un título profesional de cualquier rama de FP o superior, mientras que en otros países como Inglaterra era ya posible trabajar en el mundo del chárter, aunque con una serie de limitaciones, con un título de yacht master», añade el jefe de estudio de Stella Maris.

La legislación se ha adaptado a la realidad «ya que resulta bastante evidente que para llevar a cuatro turistas en un barco a Formentera no hace falta un título de contraalmirante o de capitán o de patrón de cabotaje sino que resulta suficiente contar con unos conocimientos teóricos y prácticos suficientes que se adquieren en las escuelas o academias de recreo», indica Sanz, que remarca que hará falta contar con una serie de requisitos extra como cursos de seguridad homologados por la dirección general de la Marina Mercante.

«Lo que ha hecho el Consejo de Ministros es adecuar la legislación española a la normativa europea, aprobando el certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo», explica Sanz, que recalca que esto supone que una persona con un título español de capitán de yate «podrá ejercer a bordo de barcos de recreo como profesional, después de obtener una serie de certificados». «Esto supone que se amplía enormemente el mercado de trabajo, lo que ha creado muchas expectativas para muchos jóvenes ibicencos ya que en la actualidad hay mucha economía sumergida en este sector», asegura. Además «favorece a las empresas de chárter porque podrán tener una plantilla con contratos y Seguridad Social», concluye.