SANT JOSEP | PEP RIBAS
El Ayuntamiento de Sant Josep deberá indemnizar con 405.280 euros a Lidia Moreno Palerm, una concesionaria de playas que en el año 1996 recurrió contra la adjudicación de las hamacas de la playa de Cala Vedella a la que ella había optado y que la comisión de gobierno de entonces adjudicó a otro aspirante, concretamente, a la asociación de vecinos de la zona, representada por su secretario, Ángel Marí, entonces comisario de policía. El acuerdo se tomó en contra del criterio de la mesa de contratación, que recomendaba la adjudicación para Lidia Moreno.
Se da la circunstancia de que el representante de la Asociación de Vecinos de Cala Vedella en el procedimiento de adjudicación, Ángel Marí, era hermano de la funcionaria municipal que durante años de ocupó de tramitar las adjudicaciones de concesiones de playas, y ésta a su vez es la suegra de la demandante que recurrió la decisión municipal y que ahora debe indemnizar el Ayuntamiento.
El requerimiento para que el Consistorio haga efectiva esta indemnización se ha hecho a través de un auto de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) fechado el pasado 15 de abril de 2009, por el que se pide la ejecución de una sentencia de hace más de 10 años, concretamente, el 17 de marzo de 1999.
Esta resolución daba la razón a la recurrente y anula el acuerdo de la comisión de gobierno que fue objeto de impugnación. No obstante, Lidia Moreno no había querido reclamar la ejecución de la sentencia durante los diez últimos años. Lo hizo tras el cambio de gobierno municipal, y ahora el TSJB fija un plazo máximo de un mes para hacer efectivo el pago. De lo contrario, el funcionario responsable deberá pagar una multa de 600 euros, que será reiterada quincenalmente hasta concluir el abono definitivo.
Este auto judicial ha sorprendido a los actuales gobernantes progresistas, que dieron cuenta del mismo a toda la corporación en el pleno del jueves y ayer lo presentaron a los medios de comunicación. Comparecieron el alcalde, Josep Marí Ribas, Agustinet, el primer teniente de alcalde, Josep Antoni Prats, y la concejala de Turismo, María de los Ángeles Mostazo.
El alcalde afirmó que el equipo de gobierno está estudiando alguna fórmula jurídica para defender los intereses del Consistorio y evitar que esta indemnización tenga que hacerse efectiva. De momento, se pretende reclamar la situación de indefensión por parte del Ayuntamiento, dado que la procuradora que se había hecho cargo del caso no había informado previamente, y el abogado que defendía el Consistorio falleció en 2007. Asimismo, el pago de la indemnización no estaba previsto en los presupuestos, por lo que si se tiene que efectuar, deberá habilitarse la partida correspondiente y la ley prevé unos plazos temporales para esta tramitación.
No obstante, en el caso de que al final se tenga que hacer el pago, el alcalde anunció que el equipo de gobierno lo reclamará a los concejales del PP que en julio de 1996 tomaron la decisión «equivocada».
La comisión de gobierno estaba presidida por el entonces alcalde, José Serra Escandell, y sus restantes componentes eran los concejales Josep Marí Ribas (Reganes), Josep Torres Cardona (Tomàs), Josep Marí Prats (Berris), Antoni Cardona Marí (Pujolet) y Antoni Marí Tur (Berris). En la reunión del 11 de julio de 1996 estos concejales declararon válido el concurso convocado para la adjudicación de los lotes de playa y adjudicaron los seis lotes de Cala Vedella a la propuesta de la asociación de vecinos, representada por Ángel Marí, a pesar de los informes de los servicios técnicos presentados a la mesa de contratación, que proponían la adjudicación a Lidia Moreno, al considerar que su oferta se avenía más a las bases del concurso.
Justificaciones
Para justificar su decisión, la comisión de gobierno hizo resaltar los fines sociales de la asociación de vecinos, las mejoras en beneficio de la playa que suponía su propuesta en materia de servicios y limpieza y en que ese colectivo vecinal no recibía ninguna compensación económica por parte del Ayuntamiento.
Pero la sentencia estima que «resulta obligado que la Administración se atenga puntualmente, en el momento de efectuar la adjudicación, a la observancia de los establecido en el pliego de bases del concurso». En consecuencia, declara los actos administrativos impugnados «disconformes con el ordenamiento jurídico».
El alcalde no quiso hacer valoraciones sobre los posibles motivos por los que durante diez años no se haya reclamado la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears. «A nivel personal, puedo hacerme mis propias cábalas», afirmó Marí Ribas.