EIVISSA | REDACCIÓN
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma ha desestimado el recurso de un taxista contra una sanción impuesta por el Ayuntamiento de Eivissa de 1.383 euros por no haber prestado, sin causa justificada, los servicios mínimos decretados por el Consistorio el 1 de enero de 2008, con motivo de una jornada de paro en protesta por las licencias estacionales.
El Consistorio confía en que suceda lo mismo con el resto de casos pendientes de resolución. Recuerda que, según el reglamento, el incumplimiento sin justificar de los servicios mínimos decretados, se considera «una falta muy grave».