El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha acordado el archivo de la investigación a la antigua cúpula de Caja Madrid por las preferentes al no quedar acreditado que éstas se emitieran para "engañar a los inversores de forma global" aún sabiendo que no iban a recuperar su dinero.

En un auto conocido hoy, el titular del juzgado central de Instrucción número 4 asume el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que en su último informe aseguraba que esta posibilidad "ni siquiera era fácilmente predecible en 2009" y rechazaba que los comerciales "recibieran instrucciones para comercializar el producto entre los inversores más inadecuados".

Para el Ministerio Público, "resulta difícilmente sostenible la existencia de un plan preconcebido orquestado" tanto por Caja Madrid como por Bancaja, principales entidades que posteriormente pasaron a integrarse en Bankia, para engañar a los potenciales inversores.

Iniciadas en 2013, las pesquisas por presunta estafa, apropiación indebida, publicidad engañosa y administración desleal se dirigían contra los antiguos máximos responsables de Caja Madrid, lista en la que actualmente no figura quien fuera presidente de la entidad entre 1996 y 2010, Miguel Blesa, contra el que quedó extinguida cualquier tipo de responsabilidad tras su fallecimiento el pasado julio.

En concreto, pretendían esclarecer "si para paliar, retrasar u ocultar de alguna manera" el deterioro patrimonial de Bankia, las cajas "utilizaron la emisión de deuda subordinada y/o participaciones preferentes como una manera de captar activos y disfrazar la situación de insolvencia".

La decisión, adelantada por El Independiente, llega dos años después de que el magistrado reactivara esta parte del caso y requiriera al Banco de España las agendas de las reuniones que mantuvo con directivos de la entidad entre 2009 y 2010 para conocer datos que pudieran tener un "impacto real o potencial relevante en la solvencia, liquidez o rentabilidad" de la caja.

Ahora Andreu, cuya disposición puede ser recurrida, remite al informe de Anticorrupción, aportado a la causa el pasado 14 de mayo, y en el que ponía el foco en la emisión de preferentes por parte de Caja Madrid en 2009.

Según el Ministerio Público, la comercialización de este producto como forma de financiación entre clientes minoristas "ni fue una decisión aislada de la caja ni desconocida por las autoridades reguladoras y supervisoras que, antes al contrario, la autorizaron expresamente".

Por elloo, prosigue, "no puede afirmarse que la emisión fuera en sí mismo delictiva ni siquiera que revistiera alguna irregularidad significativa".

Respecto a las "debilidades" de las que alertó la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en 2013, Anticorrupción subraya que afectaban fundamentalmente al diseño y redacción de los test de conveniencia y de idoneidad, y que Caja Madrid "atendió puntualmente todas las recomendaciones" del organismo.

De igual modo, descarta cualquier tipo de reproche penal en la comercialización de las participaciones emitidas por ésta y Bancaja en los años anteriores en tanto que "más allá de que pudieran estar prescritas", resulta "insostenible plantear que en aquellas fechas una remota situación de deterioro patrimonial que solo afloraría una década después".

E insiste en que en el caso concreto de la emisión de Caja Madrid de 2004, los preferentistas "obtuvieron sin problemas la ganancia prevista", lo que motivó que la mayoría de ellos reinvirtieran en 2009 mediante el oportuno canje.

Circunstancia por la que "se hubo de ampliar el importe de los 1.500 millones de euros previstos (...) hasta los 3.000 millones de euros en que se fijó finalmente".

La Fiscalía asegura que aunque "ha sido siempre consciente de la importancia del problema", una supuesta estafa supondría admitir que los responsables conocían ya en aquel momento que la caja "iba a situarse en una situación de insolvencia que despojaría de su inversión" a los clientes, algo que "no se ha acreditado".

De este modo, insta a los afectados a defender sus intereses en un procedimiento al margen, especialmente por la vía civil, "reservando la penal para aquellos casos individuales en los que se ha detectado indicios de delito de estafa por parte del empleado del banco" o por supuesto "abuso de la incapacidad" del inversor.