El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este miércoles que los bancos deben devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por la existencia de cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios, al haber rechazado que se pueda aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser "incompleta e insuficiente".

La justicia europea ha concluido que esta limitación es contraria a la normativa comunitaria y, por tanto, las entidades financieras deben finalmente reintegrar a los afectados por las cláusulas suelo la totalidad del importe que se ha cobrado de más, desde el inicio de cada contrato hipotecario, y no únicamente a partir del 9 de mayo de 2013, como determinó el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo consideró como abusivas estas cláusulas, al entender que los consumidores no habían sido informados de la carga económica y jurídica que se les imponía, pero fijó en la fecha de la sentencia, el 9 de mayo de 2013, la retroactividad máxima para que su nulidad sólo tuviera efectos de cara a futuro.

Las cláusulas suelo son aquellas que fijaban un tope mínimo de intereses que los clientes de contratos hipotecarios debían pagar. Estas cláusulas han impedido a los afectados beneficiarse de la caída del Euríbor, principal índice de referencia para la mayoría de las hipotecas en España.

La siguiente infografía ilustra el coste que tenía para la banca una retroactividad limitada (desde 2013) o total, como la que ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la UE:

El tribunal con sede en Luxemburgo ha considerado que la legislación europea se opone a una jurisprudencia nacional según la cual los "efectos restitutorios" vinculados a la nulidad de una cláusula abusiva se limitan a las cantidades indebidamente pagadas tras la sentencia de la resolución judicial que, precisamente, declara el carácter abusivo de la cláusula.

La justicia europea declara que la limitación en el tiempo de las devoluciones priva a los afectados "del derecho de obtener las cantidades que pagaron indebidamente a los bancos. Por ello, concluye que tal limitación supone una protección "incompleta e insuficiente" que no es un medio "adecuado y eficaz" para garantizar el cese del uso de las cláusulas suelo.

Impacto para la banca

El TUE ha resuelto con esta sentencia tres casos prejudiciales acumulados, que afectan a Cajasur, BBVA y Banco Popular y en base a procesos iniciados en un juzgado de Granada y la Audiencia Provincial de Alicante.

En el asunto también estaban personados la Abogacía del Estado, que defendía la sentencia del Supremo y, por tanto, limitar en el tiempo la devolución de las cantidades a los afectados, y la Comisión Europea, cuyos servicios jurídicos consideraban que los bancos deben reintegrar la totalidad de los importes cobrados de más.

Tras la sentencia, ahora la banca española afronta la devolución de algo más de 4.000 millones de euros a los cerca de dos millones de hipotecados con cláusulas suelo. El Banco de España calcula que éste es el importe de la factura que tendrán que afrontar las entidades que comercializaron las polémicas cláusulas suelo, que impiden a los clientes beneficiarse de las bajadas del euríbor a partir de un determinado nivel.

Una práctica a la que, con la excepción de algunos grandes como Banco Santander, La Caixa o Caja Madrid, recurrió buena parte del sistema financiero, desde BBVA, Sabadell y Popular, hasta entidades más pequeñas como Abanca, Kutxabank, Ibercaja, Unicaja, Liberbank, BMN, algunas rurales y cajas integrantes de CaixaBank y Bankia.

En cualquier caso, desde el Ministerio de Economía han asegurado que la factura global no pone en duda la solvencia del sector bancario español, la misma idea trasladada desde las patronales CECA y AEB.

Además, el departamento que dirige Luis de Guindos ha destacado que los hipotecados están ahora protegidos frente a las cláusulas suelo gracias a una batería de medidas aprobadas en 2013, que exige que en la escritura pública se incluya, junto a la firma del cliente, una expresión manuscrita en la que reconozca que ha sido advertido de este tipo de riesgos.

Para agilizar el reintegro a los hipotecados de las cantidades cobradas de más por la banca, el Gobierno ha anunciado que trabaja desde ya con el PSOE, aunque el ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha advertido de que son las propias entidades las que deben llegar a acuerdos con sus clientes.

Ante la duda de algunos bufetes sobre el alcance de la sentencia europea, el Tribunal Supremo ha aclarado que ajustará su jurisprudencia a la tesis del TJUE, fallo que impone la devolución por los bancos de lo cobrado por cláusulas suelo abusivas con carácter retroactivo.

Una medida más beneficiosa para los hipotecados que la doctrina del Supremo vigente hasta ahora, que estableció que los bancos debían devolver el dinero cobrado indebidamente solo a partir de mayo de 2013, cuando se declaró la nulidad de las cláusulas suelo.